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La pena prevista por falta de hurto es de multa o localización permanente (lo que antes era el arresto domiciliario). No es obligatorio ir con abogado, pero sí aconsejable. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición. Saludos.
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2 respuestas
la sentencia sera condenatoria si resulta debidamente acreditada la falta y la pena a imponer sería la de localización permanente de 4 a 12 días ó multa de 1 a 2 meses en función d e las circunstancias y de su situación económica y laboral.En el presente caso si estudia y no tiene ingresos el Juez le impondría la pena de localización permanente a cumplir en su domicilio o centro señalado por el órgano judicial.
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Apreciada Ana Isabel,
Al tratarse de un hurto inferior a 400.-€, se trata de una falta de hurto (artículo 623.1 C.P) por lo que le citarán para un juicio de faltas (no es preceptiva, aunque si aconsejable la presencia de abogado). La condena consistirá en la localización permanente de cuatro a doce días o multa de uno a dos meses.
Atentamente,
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