Cancelación de antecedentes penales

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6 MAY 2019 · Lectura: min.
Cancelación de antecedentes penales

Antecedentes penales. ¿Qué son? ¿Cómo se cancelan? ¿No puede trabajar debido a ellos?

Conseguir un trabajo es difícil, y más aún si tiene antecedentes penales. Muchos empleadores harán una verificación de antecedentes antes de contratarlo.

Para ayudarlo a conseguir y mantener un trabajo, tiene que saber el contenido de sus antecedentes penales.

Este artículo le dará información necesaria sobre:

  • Qué son los antecedentes penales
  • Cancelación de los antecedentes penales
  • Si puede tener acceso o no un empleador para contratarlo

¿Qué son los antecedentes penales?

El antecedente penal es la constancia de que una persona ha sido condenada por la comisión de un delito. Sólo pueden computarse como antecedentes penales las condenas firmes, es decir, aquellas sentencias condenatorias dictadas en el proceso penal, contra las que no cabe recurso alguno, ya sea porque se han agotado todas las posibilidades de recurso, ya porque la parte condenada no hubiese interpuesto en tiempo y forma recurso de apelación contra la sentencia condenatoria.

Cuando se dicta una sentencia firme de condena se le informa al Registro Central de Penados y Rebeldes para su inscripción, por lo que a partir de ese momento en los ficheros del Ministerio de Justicia, órgano al que pertenece este Registro Central, a ese sujeto condenado le constará un antecedente penal o antecedentes penales. En ese registro aparecerá el condenadoy sus datos personales: nombres y apellidos, documento nacional de identidad, nombre y apellidos de los progenitores, etc. Así como el delito por el que ha sido condenado y la duración de la pena. Este es un registro con datos de carácter reservado al que sólo se puede tener accesoel propio interesado o por los órganos oficiales cuando esté justificada su petición.

¿Cómo se cancelan los antecedentes penales?

Los antecedentes penales tienen una duración limitada en el tiempo, por tanto deben ser cancelados cuando se cumplan los requisitos que señala el Código Penal.

El artículo 136 del Código Penal señala que los penados que hubieran extinguido su pena tienen derecho a obtener la cancelación de sus antecedentes penales.

Para que pueda solicitarte tal cancelación, el CP señala un sistema de plazos que comienza desde el día siguiente a aquel en que queda extinguida la pena.

  • a) Para las penas leves, el plazo es de seis meses.
  • b) Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  • c) Para las restantes penas menos graves inferiores a tres años, el plazo será de tres años.
  • d) Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  • e) Diez años para las penas graves.

En caso de personas jurídicas debe tenerse en cuenta que habiéndose acordado la disolución o prohibición definitiva de las actividades, las anotaciones se cancelarán transcurridos 50 años computados desde el día siguiente a la sentencia firme.

¿No puedes trabajar debido a ello?

Conforme a la legislación española, la información sobre los antecedentes penales de forma pública está prohibida. Adicionalmente, existe una prohibición general de discriminar a cualquier trabajador, por cualquier motivo, tanto en el empleo como en el acceso al mismo. Específicamente en el artículo 14 de la Constitución Española, el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 73.2 de la Ley General de Penitenciaria.

El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos se ha pronunciado respecto a la posibilidad de acceder a los antecedentes penales y a su publicidad. El mencionado Tribunal ha declarado que, en general, debe prevalecer el derecho a la intimidad frente a la publicidad indiscriminada que se pueda dar a los antecedentes.

Por otra parte, el acceso al registro central de penados solo se permite a determinados organismos estatales, a los jueces y tribunales y a la policía judicial cuando exista un requerimiento. Por tanto, ningún empleador podrá obtenerlos a no ser que los trabajadores los aporten voluntariamente previa solicitud.

La duda que nos planteamos es si los empresarios pueden solicitar esa información en el ámbito laboral y, en caso de una respuesta afirmativa, cómo utilizarla.

Según los tribunales la información suministrada es sobre acontecimientos antiguos que no guardan ningún tipo de relación con el trabajo solicitado por lo que su solicitud es desproporcionada para el fin pretendido.

Concluimos, que actualmente en España, solicitar por parte de un empleador los antecedentes penales de una persona y hacer uso de ello para decidir si contratarlo o no, no es ajustado a Derecho ya que debe primar el derecho a la intimidad y la reinserción laboral. Excepcionalmente, solo las empresas amparadas por la ley debido a unas características que son específicas de la profesión, tendrían la posibilidad de comprobarse los antecedentes penales de sus trabajadores y hacer uso de ellos para fines legalmente previstos.

Para solicitar el trámite de cancelación de antecedentes penales, no dude en consultarnos.

Un cordial saludo.

Escrito por

Jurisdependencia Asesoría y Abogados

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