¿Cuál es la multa por conducir con exceso de velocidad?
¿Crees que ha podido cazarte un radar conduciendo a más velocidad de la permitida y no sabes las consecuencias que esto puede tener?
30 AGO 2018
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- Vías limitadas a 30 km/h:
- oPor circular entre 31 y 50 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 51 y 60 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 61 y 70 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 71 y 80 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 81 y 90 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 40 km/h:
- oPor circular entre 41 y 60 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 61 y 70 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 71 y 80 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 81 y 90 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 91 y 100 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 50 km/h:
- oPor circular entre 51 y 70 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 71 y 80 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 81 y 90 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 91 y 100 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 101 y 110 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 60 km/h:
- oPor circular entre 61 y 90 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 91 y 110 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 111 y 120 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 121 y 130 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 131 y 140 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 70 km/h:
- oPor circular entre 71 y 100 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 101 y 120 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 121 y 130 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 131 y 140 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 141 y 150 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 80 km/h:
- oPor circular entre 81 y 110 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 111 y 130 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 131 y 140 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 141 y 150 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 151 y 160 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 90 km/h:
- oPor circular entre 91 y 120 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 121 y 140 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 141 y 150 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 151 y 160 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 161 y 170 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 100 km/h:
- oPor circular entre 101 y 130 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 131 y 150 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 151 y 160 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 161 y 170 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 171 y 180 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 110 km/h:
- oPor circular entre 111 y 140 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 141 y 160 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 161 y 170 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 171 y 180 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 181 y 190 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Vías limitadas a 120 km/h:
- oPor circular entre 121 y 150 km/h: 100€, sin pérdida de puntos.
- oPor circular entre 151 y 170 km/h: 300€ y pérdida de 2 puntos.
- oPor circular entre 171 y 180 km/h: 400€ y pérdida de 4 puntos.
- oPor circular entre 181 y 190 km/h: 500€ y pérdida de 6 puntos.
- oPor circular entre 191 y 200 km/h: 600€ y pérdida de 6 puntos.
- Para los radares fijos: 5 km/h para velocidades iguales o inferiores a 100 km/h, y el 5% en velocidades que sobrepasen ésta.
- Para los radares móviles: 7 km/h para velocidades iguales o inferiores a 100 km/h, y el 7% en velocidades que sobrepasen ésta.
Por último, hay que tener en cuenta que, como norma general, existe la posibilidad de pagar la sanción económica con un 50% de descuento dentro de los veinte días naturales siguientes a aquél en que se recibió la notificación. Pero es importante recordar que, de optar por esta opción, estaremos renunciando a la posibilidad de efectuar alegaciones en cuanto a la procedencia de la sanción.