RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DEPENDENCIA
Si tú o tus familiares os encontráis en una situación en la que por edad o condiciones de salud no podéis realizar con normalidad actos de vuestra vida cotidiana este proceso es para ti
¿Qué es? Es el proceso por el que se puede reconocer a una persona la situación en la que por razones de edad, enfermedad, etc. no puede valerse por si misma para los actos básicos de la vida diaria
No es lo mismo que la discapacidad, ya que una persona con discapacidad, tendrá limitaciones por su enfermedad, pero podrá, según el grado, continuar realizando las actividades del día a día.
Este reconocimiento puede suponer el acceso a diferentes servicios y ayudas como los que os dejamos a continuación:
A. SERVICIOS. Se prestarán a través de centros y servicios públicos o privados concertados debidamente acreditados y son: Servicios de prevención de la situación de dependencia. Cuyo objetivo es prevenir a través de programas, el agravamiento del grado y nivel de dependencia. Servicios de promoción de la autonomía personal. Incluyen servicios tales como la rehabilitación y terapia ocupacional, atención temprana, estimulación cognitiva, promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional, logopedia, fisioterapia, etc… Servicio de ayuda en el hogar. Es el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de la persona dependiente con el fin de posibilitar permanencia el mayor tiempo posible. Servicios de atención diurna o nocturna. Atención integral en un centro durante el período diurno o nocturno, a las personas en situación de dependencia con el objetivo de mejorar o mantener el nivel de autonomía personal, así como apoyar a sus familias o personas cuidadoras.Servicios de atención residencial. Atención integral y continuada durante las 24 horas del día en un centro residencial, de carácter personalizado.Teleasistencia y geolocalización. Teleasistencia (un dispositivo instalado en el domicilio y conectado a la línea telefónica ) y geolocalización (un dispositivo que proporciona información sobre situación y movimientos de la persona usuaria mediante un GPS).B. PRESTACIONES ECONÓMICAS O LIBRANZAS: Prestaciones de carácter periódico destinadas a cofinanciar los gastos derivados de la atención a las personas en situación de dependencia.Libranza para cuidados en el entorno familiar. Consiste en una cuantía económica mensual destinada a la persona en situación de dependencia para contribuir a los gastos derivados de la atención prestada por un cuidador no profesional con el objetivo de posibilitar la permanencia de la persona beneficiaria en su domicilio habitual. Libranza para la asistencia personal. Prestación económica destinada a facilitar la contratación, por la persona en situación de dependencia, de un asistente personal profesional que le preste apoyo para el acceso a la educación, al trabajo y a una vida más autónoma. Libranza para la adquisición de un servicio. Tiene por objeto proporcionar a la persona beneficiaria los recursos económicos necesarios para contribuir a los costes de los servicios prestados por entidades privadas, cuando se acredite la inexistencia de plazas o no sea posible el acceso a los servicios públicos o concertados del sistema. Podrá concederse esta prestación cuando la persona usuaria ya estuviera recibiendo un servicio privado a la hora de hacer la solicitud. Si quieres saber más o iniciar los trámites os leemos en comentarios, en nuestro chat o en cualquiera de los medios de contacto de nuestro perfil