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Buenas tardes. Tiene usted dos opciones para regularizar la situación; la primera, por la vía civil, sería ejecutar la sentencia donde quedó establecido la pensión alimenticia o compensatoria (lo que usted llama "manutención"). La otra opción es poner una denuncia penal. Mi consejo es intentarlo primero por la vía civil. Quedo a su disposición.
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6 respuestas
Buenos días,
Efectivamente puede usted reclamar la pensión que le corresponda y que ha resultado impagada por su expareja desde el momento en que aquél/aquella la haya dejado de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos. Por la vía penal deberá interponer la correspondiente denuncia en reclamación de las cuantías adeudadas enfrentándose su expareja a una posible pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses. Por la vía civil se trataría de interponer una demanda de ejecución de la sentencia dictada en su día por la que se establecía que su expareja debía abonarle esa pensión.
Espero haberle servido de ayuda. Para cualquier duda al respecto o para la tramitación de su asunto si así lo desea, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
Un saludo
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Buenas tardes. Tiene usted dos opciones para regularizar la situación: la primera por la vía civil, sería ejecutando la sentencia donde se fija la pensión alimenticia o compensatoria (lo que usted denomina "manutención"). La otra opción es poner una denuncia en via penal. Mi consejo es intentar primero la opción de la ejecución civil de la sentencia. Quedo a su disposición. Un saludo
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Buenos Dias, le informamos que si a usted se le deben 3 meses de pensión de alimentos, debe usted denunciar por el art. 227 del CP, o ejecutar la sentencia en civil forzosa en Familia. Si desea que valoremos su caso, o le representemos, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, la 1ª consulta es gratuita!!!, estaremos encantados de atenderle.
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Si, puede bien denunciarlo o pedir la ejecución de la sentencia, en ambos casos para regularizar los pagos debidos. A efectos de celeridad sería mejor ejecutar la sentencia civil. Si lo desea podemos asesorarle.
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En su caso debería presentar demenada de ejecución de sentencia solicitando el pago de las cantidades pendientes y gastos extraordinarios no abonados.
Tiene mi despacho a su disposición si precisa de mayor asesoramiento.
Atte,
Nerea Ortega. Abogada.
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buenos días lo que debes presentar es demanda de ejecución de sentencia solicitando el pago de cantidades pendientes , si no paga se solicita embargo de rentas y bienes. Tienes mi despacho a tu disposición si precisas asesoramiento. saludos
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