Abogado de oficio, ¿qué ventaja tengo si me dan la justicia gratuita?

Realizada por diego. 16 abr 2013

Voy a pedir un abogado de oficio pero como conozco a un abogado me dijo que pidiera solo la justicia gratuita porque abogado y procurador los elijo a mi abogado pero me dijo que si me lo conceden tengo que abonarle entre 500 y 800 euros de honorarios, y aparte si se ganara el juicio tendría que darle un tanto por ciento de la indemnización correspondiente, y me dice que si pido todo gratuito sin contar con él, que me asignan un abogado de oficio me costaría un tercio de la indemnización que ganara. Mi pregunta es, ¿qué ventaja estoy teniendo si me asignan la justicia gratuita? Gracias.

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Si le conceden la justicia gratuita con designación del turno de oficio abogado y procurador, usted no tendrá que abonar ninguna cantidad, gane o pierda el procedimiento. La justicia gratuita está concebida para aquellas personas que no tiene recursos económicos para designar a un profesional libre, por tanto en caso de ganar el procedimiento cobrara de la parte contraria (si hay costas) y en caso de perder o ganar parcialmente la reclamación le corresponderá abonar la minuta de dichos profesionales al estado. Jamás debe de abonar minuta alguna a un abogado del turno de oficio, salvo que se lo requiera el colegio de abogado o la administración correspondiente.
Por otro lado, imagina que la reclamación de indemnización que usted está solicitando es por algún tipo de accidentes. Le aconsejo que si tiene póliza de seguros que cubra dichos siniestro se informe sobre la garantía de protección jurídica o libre designación de abogado, ya que es posible que dicha aseguradora se haga cargo de los honorarios que se generen por la intervención de abogado y procurador.
En cuanto a la minuta o forma de cobrar de su abogado, cada colegio marca unas pautas para cobrar por los servicios prestados, pero dichas normas o pautas son orientativas y siempre prevalece el acuerdo alcanzado entre abogado/cliente, por tanto deberá de pactar usted con su abogado la forma de pago o la cuantía, determinando usted si es abusiva la cuantía o no y decidiendo si quiere que se lo tramite dicho abogado y otro.

Juan Emilio Garcia Abogado en Jaén

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No conozco su situación, pero he de informarle que para que le concedan el beneficio a la justicia jurídica gratuita debe reunir una serie de requisitos.

En caso de que Ud. reúna los requisitos exigidos, le nombren un Abogado de Oficio y le concedan el beneficio de justicia jurídica gratuita, no tendrá que abonar cantidad alguna al Abogado de Oficio.

Sin embargo, si no reúne los requisitos exigidos, le designan un Abogado de Oficio y, finalmente, no le conceden el beneficio a la justicia jurídica gratuita, tendrá que pagar al Abogado de Oficio los honorarios devengados por su actuación profesional.

En conclusión, y en el caso de que le concedan el beneficio a la justicia jurídica gratuita, la ventaja del Abogado de Oficio será que no tendrá que pagarle sus honorarios.

Un saludo.

Eva Holanda Abogada Abogado en Santander

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