Accidente y positivo
Buenas tardes, la otra madrugada tuve un accidente de coche, me quedé dormido y me estrellé contra dos coches, esperé a la policía y di positivo, 0,90, ¿ahora qué me espera? Si es que no se puede coger el coche si bebes jod**.
Buenas tardes, la otra madrugada tuve un accidente de coche, me quedé dormido y me estrellé contra dos coches, esperé a la policía y di positivo, 0,90, ¿ahora qué me espera? Si es que no se puede coger el coche si bebes jod**.
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Se seguirá contra Vd un juicio por presunto delito contra la seguridad vial. El Código Penal prevé penas de multa o trabajos en beneficio de la comunidad, así como retirada del permiso de conducir de 1 año y un día hasta 4 años. Puede ser que los propietarios de los vehículos dañados le reclamen indemnización de los daños sufridos (si es que no los cubre su seguro). Precisará de abogado al estar denunciado, siendo la labor la de conseguir el mínimo de pena posible, o incluso absolución si el atestado judicial o proceso incurre en algún defecto procesal que dé lugar a ello; somos un despacho de Barcelona, quedamos a su disposición.
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Le espera un juicio rápido en que si se conforma se le reducirá 1/3 la pena y además pagar íntegramente los daños a los otros vehículos pues su seguro no lo va a cubrir estando bebido. En el mejor de los casos perder el carnet 8 meses y una multa o trabajos en beneficio de la comunidad. Salvo errores en el atestado.
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Se te habrán incoado diligencias urgentes por un presunto delito contra la seguridad vial del articulo 379,2 del C.P. Artículo 379
1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
El procedimiento es el siguiente: Te citaran para acudir al Juzgado de Guardia a tomarte declaración y te entregarán el escrito de acusación por parte del ministerio fiscal y te ofrecerán celebrar un acto de conformidad o disconformidad con ese escrito de acusación. En caso de que llegues a una conformidad con la pena solicitada se te reducirá la pena en un tercio y si por el contrario no llegas a una conformidad, se señalará juicio en los siguientes 10 a 15 días y el fiscal puede incluso aumentar la pena que solicito en el escrito de acusación.
Las penas para este delito son:
privación del permiso de conducción ( Minimo 1 año ) aunque si llegas a una conformidad se te puede rebajar a 8 meses
Multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Si el delito y la prueba de alcoholemia son claras te aconsejo que llegues a una conformidad.
Saludos
Ignacio Herrero Ortiz
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Tendrá un juicio por alcoholemia. Al haber daños a otros vehículos no se podrá hacer Juicio Rápido ni pactar la rebaja de 1/3, pero el día de la Vista Oral sí se puede pactar con el Fiscal para conseguir una retirada de carnet y multa lo menor posible.
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Por los hechos cometidos se iniciará un proceso judicial de Diligencias Previas o Juicio Rápido, para que el precisará de un abogado, pudiendo ser condenado al pago de una multa y a la privación del carnet de conducir. Igualmente deberá indemnizar por los daños ocasionados, ya que su Compañía de Seguros le reclamará a vd. por cometer los hechos bajo influencia de bebidas alcohólicas.
Atte.
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