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Buenos días Ana:
Una duda que me deja su pregunta es si el acosador ostenta algún tipo de cargo o función dentro de la empresa de la que se valga para acosar a compañeros
En principio el responsable principal es el trabajador que realiza el acoso. La empresa tiene el deber de supervisión de cara a asegurarle a usted un entorno libre de acoso, por lo que llegado el caso podría tener una responsabilidad subsidiaria. Por lo tanto lo primero es poner los hechos en conocimiento de la dirección para darles la oportunidad de adoptar las medidas necesarias.
De no hacerlo o de mostrarse estas insuficientes, se nos abriría la vía judicial.
Quedamos a su disposición por si desea un asesoramiento mas detallado
Un saludo
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5 respuestas
Buenas Tardes Ana, le informamos que debe usted demandar a la empresa y al acosador. Deberá aportar las pruebas que tenga para demostrarlo, ya que al demandante incumbe la carga de la prueba. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Laboral con amplia experiencia en casos de acoso laboral o mobbing. Venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
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Hola Ana,
Si el acosador se vale de su puesto dentro del Organigrama de la empresa para acosarla, tecnicamente la respuesta es que si, hay que demandar también a la empresa aunque sea a titulo de responsable subsidiario; para ello no es imprescindible que sea un superior jerarquico, basta con que sea un compañero de trabajo de su mismo nivel.
Es importante asegurarse bien que la empresa ha tenido conocimiento de los hechos y que no ha puesto remedio antes de iniciar la vía judicial.
A su disposición para comentar en profundidad el asunto y las repercusiones indemnbizatorias del mismo a su favor.
Saludos
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Hay que diferenciar dos situaciones distintas en el caso de que haya un trabajador en la empresa que le esté acosando, la primera que la empresa sea conocedora de la situación y por lo tanto este permitidiendo o incluso se esté aprovechando de dicho acoso, la segunda que la empresa desconozca dicha situación y sea ajena a la misma.
Yo le recomendaría que actuara de la siguiente manera, en primer lugar recabe pruebas del acoso, escritas, grabaciones, testigos fiables, etc, en segundo lugar que lo ponga en conocimiento de la empresa de forma fehaciente (escrito con recibí o correo electrónico a e-mail corporativo de su Superior directo), en tercer lugar, en caso de no cesar el acoso, pongalo en manos de un abogado quien sabrá contra quien debe interponer la demanda, en este supuesto contra el trabajador y la empresa.
Quedamos a su entera disposición en caso de que necesite los servicios de un abogado experto en demandas de acoso laboral.
BARRERO&PARRA ABOGADOS.COM
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Debería plantear una demanda por vulneración de derechos fundamentales tanto contra el trabajador como contra la empresa. Ya que ambos son responsables. El trabajador por someterla a dicho acoso y la empresa por no actuar con la debida diligencia y permitir dichas actuaciones.
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Estimada Ana,
el trabajador es el principal responsable, pero la empresa también que tiene que vigilar que no se produzcan estas situaciones, máxime, si Ud. lo ha puesto en conocimiento de la empresa y no han hecho nada. Por tanto, sin perjuicio de mejor valoración del caso, debería demandar a los dos.
Un saludo
Dueñas López Abogados
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