Buenos días mi comunidad autónoma es Andalucía, la pregunta es si puedo obtener a través de accesión invertida un solar de mi padre donde él me dio su consentimiento para edificar una vivienda yo he pagado todos los costes pero ahora al estar sobre su terreno todo el edificio es suyo.
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Buenos días,
En su caso concreto tal y como expone y sin ver la documentación o ampliación de información necesaria no puede pretender la accesión invertida porque Ud. no indica que fuera propietario de un predio colindante y que construyera sobre su predio y el de su padre. En todo caso la accesión invertida que no viene regulada en el código civil se define o viene a identificarse como "toda edificación en suelo que en parte pertenece al constructor y en parte al propietario del fundo colindante, determinando que lo principal sea lo edificado y lo accesorio la porción de terreno invadido"
Si le sería, a falta de acuerdo entre las partes, de aplicación los art. 359 a 361 del código civil, en la que al no tener acceso directo a la “accesión” del terreno si tiene derecho a que se le abone los gastos de construcción y/o en todo caso a que se le indemnice.
Puede contactar con nosotros para ampliar información.
Pascual Tarrón
Letrado ICACOR 4154
Buenas Noches David antes de informarle si tendría opciones de acceder a la accesibilidad por inversión, nos gustaría valorar su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil y nos movemos a nivel nacional, escribanos, estaremos encantados de atenderle!