Alquiler

Realizada por MCARMEN. 1 abr 2014

Hemos estado evaluando el alquilar una casa con opción a compra con unos inquilinos. Al final no lo hemos visto claro y no hemos firmado nada. Los inquilinos me quieren denunciar por no querer alquilarles. ¿Esto es posible? Tampoco hemos cobrado nada.

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Buenas tardes.

Coincido con la opinión de mis compañeros. No obstante un pequeño apunte, este es el de los efectos de precontrato, en relación a la promesa de venta. Hay que analizar mejor el caso y entrar en detalles. No obstante la otra parte sí podría demandar por unos perjuicios (que deberán demostrar) derivados de esa promesa d evento o precontrato (que deberá justificar).

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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Por lo que usted manifiesta se desprende que no ha habido ningún contrato firmado, luego entonces, al no existir firma alguna ni cantidad entregada, tan sólo, y por ello, se encontrarían ante una negociación entre arrendador (usted) y el posible arrendatario (inquilinos), nada más, no existiría razón alguna por la que a usted le pudieran reclamar.
Tiene mi despacho a su entera disposición.

Egea Castro Abogados Abogado en Molina de Segura

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Hola buenos días.

Corroboro lo señalado por mis compañeros.
Por otro lado, si en algún momento se volvieran a plantear alquilar la vivienda o local, se puede proteger el alquiler incluyendo la cláusula arbitral.
¿Qué implica esto? Que en caso de impago, tener que lanzarlos o incumplimiento de alguna cláusula del contrato, resolverá de forma más rápida y económica la situación, que acudiendo a la justicia ordinaria.
Cualquier información no dude en preguntarme.
Saludos.

González Castro Abogado en Santa Cruz de Tenerife

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Si no existe documento de señal, arras, reserva,promesa de compraventa etc... firmado, ni hay cantidades entregadas, efectivamente no pueden demandar, pues lo único que habrá existido es una negociación que no ha llegado a buen fin.

Pragmatis Asesores Abogado en San Sebastián de los Reyes

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Si no hay ningún documento firmado ni se ha hecho ningún tipo de paga y señal no tienen título para reclamar nada.
Si el tema quedó en meras negociaciones y conversaciones entre el posible arrendador y arrendatario sobre la posibilidad del arriendo de la vivienda no pueden demandarles.

Alba Saura Rosich Abogado en Tarragona

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