Alquiler habitación
Alquilo una habitación sin contrato escrito. ¿Cuánto tiempo legalmente tengo que dejar para irme de la habitación?
Di una fianza sin firmar nada tampoco, y no me la quieren devolver por dar quince días.
Alquilo una habitación sin contrato escrito. ¿Cuánto tiempo legalmente tengo que dejar para irme de la habitación?
Di una fianza sin firmar nada tampoco, y no me la quieren devolver por dar quince días.
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Buenas Tardes Elena, le informamos que ante la ausencia del contrato deberá respetarse por ambas partes lo que acordaran de forma verbal y el plazo será el que ambos establecieran. Le aconsejamos que en lo sucesivo lo haga por escrito para evitarse problemas. Suerte!
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Aunque no hay pactado nada, se le aplica la legislación del código civil.
A falta de pacto, para que pueda rescindir el contrato deberá notificarlo con 30 días de antelación, estar al corriente del pago de las mensualidades y la duración del contrato dependerá de la renta que se pague , si es anual,mensual o diaria. Pudiendo rescindirse cuando finalice le periodo en cuestión.
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Buenos días
Le recomendamos que hable con su casero y llegue a un acuerdo con él
En los contratos de arrendamientos rige el principio de libertad de pactos, y deberán estar a lo convenido.
Aunque no hay pactado nada, se le aplica la legislación del código civil.
A falta de pacto, para que pueda rescindir el contrato deberá notificarlo con 30 días de antelación, estar al corriente del pago de las mensualidades y la duración del contrato dependerá de la renta que se pague , si es anual,mensual o diaria. Pudiendo rescindirse cuando finalice le periodo en cuestión.
Espero que la respuesta haya sido de utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.
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Buenos días,
Informarle que si alquila una habitación sin tener contrato alguno, el plazo para abandonar la habitación es el que usted y la persona que le alquila la habitación hayan llegado a un acuerdo. Igual respecto al tema de la fianza, usted no tiene porque darsela y la otra persona no tiene porque devolversela. No rige norma alguna que si se aplica al tema de los alquileres de pisos y habitaciones, como usted comprenderá, para eso existen esos contratos, para que no se produzcan situaciones abusivas por ninguna de las dos partes y esos contratos tienen que estar en papel, lógicamente y firmados por ambas partes. Espero haberle sido de ayuda. Saludos.
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