Apoderarme a nombre de mi pareja, ¿cuándo y cómo lo hago?
Realizada por Nat. 4 nov 2013
Me gustaría poder apoderarme a nombre de mi pareja, para poder tomar acciones como su representante en un conflicto que tenía con el propietario de la casa que alquilaba (le debe unos 2 mil euros). Como él no es español y tampoco se encuentra en condiciones para cualquier tipo de confrontación legal, me gustaría saber cómo me puede apoderar para que actúe yo en su nombre en el caso. He oído que se suele pagar entre 25 y 50 euros y que puede ser de duración determinada. ¿Alguien de Barcelona Capital que se ocupa del tema y me podría ayudar?
Gracias de antemano
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Buenos días,
Este trámite se realiza ante Notario, puede acudir a uno de su localidad y le asesorarán.
Saludos cordiales.
Buenos días Nat.
Para obtener la representación de una persona se debe hacer mediante una escritura pública ante notario. Mi consejo es que acuda a un notario para realizar el apoderamiento lo más amplio posible y que posteriormente contrate a un abogado para realizar la reclamación.
Si lo desea contacte con nosotros para ampliarnos información y de esa manera poder orientarla mejor e incluso poder llevarle el caso. Saludos.
La escritura de apoderamiento puede hacerla ante cualquier notario. Eso sí, exprese claramente para qué lo quiere y no olvide que le incluyan las facultades de nombrar abogado y procurador, así como la de comparecer en procedimientos civiles y administrativos, por si necesita acudir a juicio. Lo normal es que lo incluyan todo, pero no está de más asegurarse.
Lo único que tiene que hacer su pareja es acudir a un notario para que realice un poder especial de representación, y una vez que lo tenga usted puede demandar en nombre de su pareja y actuar en nombre de éste.