Realizada por Francisco Goncalves Manuel. 27 feb 2015
hola,llevo mas de un año y medio esperando la declaracion de herederos de un tio mio que soi yo su unico heredero,el tema es que mi madre en paz este y mi tio eran hermanos pero en la decada de los 40 la gente era algo analfabeta y los padres le pusieron a uno unos apellidos y al otro otro,despues de que mi abogada buscase un moton de papeles y otros que tenia yo asi como 2 testigos al juzgado en como eran hermanos,tambien pague 12.000eu por liquidaciones de impuestos que se paga antes de 6 meses,el fiscal desestima todo lo presentado por mi abogada y tiene un plazo de 20 dias para recurrir,pero si ya no hay mas papeles que presentar,la abogada me comento de abrir otro expediente en el juzgado o algo asi.
yo ya no se lo que hacer estoi desesperado por que e tenido que pagar los 12.000eu de mi bolsillo mas 2000eu que me lleva cobrado la abogada,pido por favor que alguien me pueda arrojar algo de luz a este tema,doi gracias y reciban un cordial saludo.
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Hola coco,
Me imagino que los papeles que dice que ha reunido su abogada serán aquellos que demuestren que la madre de usted y su tío eran hermanos, es decir, certificado de nacimiento de ambos, libro de familia, etc. Además de demostrar que usted es el único heredero, si es así no entiendo el porque el fiscal ha desestimado su petición, debe haber algo más.
Fina Baella
Hola, el tema esta también que mi difunto tío que cuando fue bautizado le pusieron unos apellidos y en el juzgado de paz o registro civil tiene otros apellidos, entonces el fiscal dice que son 2 personas. Cuando solo es una, gracias
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Buenos días: con carácter previo antes de proceder a la liquidación del Impuesto sobre las Sucesiones, antes de transcurrir cinco meses desde la fecha de fallecimiento de su tío, se debería haber solicitado una ampliación de plazo de otros seis meses mientras se tramitaba la declaración de herederos en el Juzgado. Existe una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que permite la ampliación hasta la firmeza del Auto de la Declaración de Herederos. Entretanto no estaría obligado a liquidar el Impuesto.
Si por los motivos que fueren no pudiera acreditar su condición de heredero, puede solicitar el Impuesto pagado, tiene un plazo de cuatro años desde que efectuó el ingreso.
Respecto a la declaración de herederos, no disponiendo de la documentación no puedo precisar lo que habría que hacer. No sé si prosperaría un recurso contra el Auto. En principio quizás tramitar un expediente en el Registro Civil, se podría acudir al Registro religioso para ver con que nombre fueron registrados su tío y su madre, y por diversos medios de prueba quizá podría aclarar el error producido en la inscripción de nacimiento de esas personas para posteriormente obtener la declaración de herederos a su nombre.
Sin más antecedentes, espero que le haya servido.
Atte. Sabino Alvarez.
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Buenas tardes.
No he entendido nada de lo que usted relata. Una herencia es un asunto bastante complejo y sobre el que hay que examinar la documentación al respecto así como las actuaciones hasta el momento llevadas a cabo.
Le aconsejo que profundice en el asunto con su actual abogada y le sea sincero al decirle que no entiende lo que está sucediendo, para que pueda explicárselo con detalle.