Caída en la calle con secuelas, ¿puedo demandar al ayuntamiento?

Realizada por Laura. 6 jun 2016 Contencioso Administrativo

A finales de agosto me caí en la calle por una baldosa hundida. Yo antes ya tenía luxación de rodillas y fibromialgia pero desde la caída no puedo estar mucho rato de pie y ando con ayuda de un bastón. Antes de la caída ni usaba bastón y trabajaba de pie.

He tenido que dejar dos empleos por la imposibilidad de estar de pie o de acceder en tren al puesto de trabajo. Quiero pedir una indemnización al ayuntamiento por las secuelas que a día de hoy me hacen la vida imposible. He de cambiar de casa porque no tiene ascensor y hay escaleras.


¿Cómo debo proceder?


Tengo parte de lesiones, fotos y mi pareja venía conmigo

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Claro que puede reclamar por su responsabilidad directa del bien estado de la calle.

Contacte con nosotros y nos ocuparemos de todo. Saludos cordiales.

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Buenas Tardes Laura, le informamos que debe usted instar reclamacion administrativa previa aportando todas las pruebas que tenga y en caso de ser desestimada demanda de recurso contencioso administrativo. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Administrativo y Contencioso Administrativo ( Responsabilidad Patrimonial del Estado y en Responsabilidad Civil y Seguro) El plazo para reclamar es de 1 año, así que es urgente tramitarlo!!, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenas Tardes, disculpe olvidamos decirle que habrá que cuantificar mediante informe pericial el alcance de sus lesiones y secuelas para obtener indemnización, ya que el daño debe ser real y evaluable. Estaremos encantados de atenderle!

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Puede usted reclamar efectivamente. Primero en vía administrativa y posteriormente contenciosa si la resolución es negativa o hay silencio administrativo en el plazo de 6 meses. Guarde todas las pruebas que tenga de la caída. Si intervino ambulancia o policía le va a ser mucho más fácil acreditar el hecho y el nexo causal de sus lesiones con la caída. También dependerá de los testigos con los que cuente y su credibilidad. Es aconsejable igualmente utilizar un perito para la valoración del daño ya que debe cuantificar su reclamación.

Saludos cordiales

Abomedia Asesores Abogado en Leganés

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Laura,

buenos días, si que puede reclamar por responsabilidad patrimonial de la administración. en primer lugar le indico que debe darse prisa porque al año se le acaba su derecho de reclamar, en segundo lugar las pruebas para acreditar el daño y la reclamación. si lo desea podemos asesorarle.

Barquin de Cozar Abogados Abogado en Barcelona

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Estimada Laura,

Puede reclamar al Ayuntamiento donde se produjo la caída, primero tendrá que realizar una reclamación patrimonial al propio Ayuntamiento, que valorará su caso y resolverá al respecto. En caso de no otorgarle indemnización alguna, podrá acudir a los tribunales contencioso-administrativos para reclamarle.

Le recomiendo que acuda a un Abogado especializado en Responsabilidad Civil para que valore la viabilidad de la reclamación y le asesore para obtener la indeminización que por ley le corresponde.

Un saludo,

San Nicolás Abogados - Málaga

San Nicolas Abogados Abogado en Torremolinos

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