Cálculo atrasos IPC

Realizada por BULL. 30 nov 2016 Pensión alimenticia

Desde Alicante,

Separado desde 2002 y ya con dos hijos mayores de edad, desde 2010 no actualicé pensión alimenticia sin que se me requiriera aumento alguno. Ahora se me reclama los últimos 3 años (creo que no puede retrotraerse más), para ello se ha calculado lo que debería subir desde 2010 a 2013 según IPC, y con esta base ya más elevada se reclama la subida del IPC desde 2013 a 2016, ¿es correcto el cálculo o la base inicial es lo que se ingresaba en 2013? la diferencia es considerable.

La duda es la base de partida, si es lo que se ingresaba en 2013 o si se actualiza desde 2010 (cuando dejé de subir IPC) hasta el 2013 y con esta actualización se calcula la deuda.

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Debe usted abonar la diferencia entre la cantidad actualizada tomando como base el año 2010 y lo que usted realmente le ha ingresado, de otra forma, su pareja se enriquecería injustamente.

Manuel Ángel Cruz Acosta Abogado en Arafo

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Buenos días. Según creo entender de su pregunta, lo correcto es que se actualice desde la última actualización realizada. Si dicha actualización fue en 2010, pues a partir de ese año se debe actualizar. O sea, desde 2010 a 2013 no puede quedar sin actualizar.
Espero haberle ayudado.
Elisa Nuez

Elisa Nuez Rodríguez Abogada Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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