Cámaras de vigilancia con grabación de audio

Realizada por Maria mihaela pop. 6 oct 2016 Derecho Honor, Intimidad e Imagen

¡Hola buenas tardes!

Quería sabes si poner una cámara de seguridad con grabación de audio en el trabajo es legal. Trabajo en un bar de tapas y la empresaria ha instalado una cámara con grabación y siempre escucha nuestras conversaciones. Lo sabemos porque ella nos dice lo que ha escuchado por la cámara.

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Buenos días

La grabación de imagen está permitida, siempre y cuando los trabajadores estén informados de ello y en el local existan las debidas placas que indiquen la existencia de cámaras.

Otro asunto es la grabación de audio, lo cual está prohibido, por resultar una vulneración del derecho a la intimidad.
Comunique a la empresa formalmente su oposición a la existencia de las cámaras, y según la respuesta acuda a Inspección de Trabajo para formalizar la debida denuncia.

Quedamos a su entera disposición.

Un saludo

Ricart & Alsina Assessors Empresarials Abogado en Badalona

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Buenos días, el uso de cámaras bajo ciertas condiciones es legal, otra cosa es si el uso del audio guarda la adecuada proporcionalidad e idoneidad, parece dudoso y podría ser ilegal, es necesario conocer mejor el caso.

Avendaño & Asociados Abogados Abogado en Bilbao

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Hola Maria,
es del todo ilegal grabar sus conversaciones pues vulnera el derecho a la intimidad del trabajador.
Comuníquenle por escrito y duplicado su disconformidad respecto a la cámara. Si lo omite, presenten denuncia a Inspección de Trabajo.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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