Hola, actualmente paso una pensión para mis 3 niñas de 1000€ mensual, en el convenio tengo como pensión alimenticia de 850€ y además dice que debo ingresar 150€ en concepto de gastos extraordinarios que se puedan producir, (de los cuales después de 2 años no tengo constancia que se produzca alguno), los gastos indica que se deberán aceptar por ambos cónyuges.
¿Podría pasar solamente los 850€ sin infringir la ley?
¿El cambio para reducir esa pensión que coste puede tener? (Abogado, procurador etc.)
En estos momentos no puedo mantener esa cuota pues los ahorros se me están agotando.
Muchas gracias
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Buenas tardes,
Habitualmente, los gastos extraordinarios no se pagan mensualmente a cuota fija, sino solamente cuando se producen. No obstante, si tu convenio lo regula así, habría que revisarlo y adecuarlo a la realidad.
Siempre y cuando exista alguna circunstancia que haya variado, puedes iniciar un procedimiento de modificación de medidas para establecer un convenio regulador nuevo. Este trámite conlleva gastos de abogado y de procurador, que te puedo concretar con más exactitud si me das más datos.
Habitualmente, los gastos extraordinarios no se pagan mensualmente a cuota fija, sino solamente cuando se producen. No obstante, si tu convenio lo regula así, habría que revisarlo y adecuarlo a la realidad.
Siempre y cuando exista alguna circunstancia que haya variado, puedes iniciar un procedimiento de modificación de medidas para establecer un convenio regulador nuevo. Este trámite conlleva gastos de abogado y de procurador, que te puedo concretar con más exactitud si me das más datos.
Quedo a tu disposición. Un saludo.
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Buenos días, si en Convenio está determinado que debe abonar mensualmente gastos extraordinarios de 150€, debe seguir abonando. No obstante, si cree que esos gastos no se producen, es necesario solicitar al juzgado una modificación de medidas donde se ponga de manifiesto el por qué se solicita e intentar hacer ver al Juez que dichos gastos no se generan de modo habitual.
Si tiene cualquier duda, puede contactar con nosotros.
Creo conveniente mantener una reunión para hablar de estos temas.
Coste Procedimiento modificación medidas 900€ incluido Abogado y Procurador.
Rmrez Jaume
Buenas Manuel, si su convenio establece el pago de unas cantidades para cubrir gastos extraordinarios es necesario que mientras esto no se modifique Ud. las siga abonando. Cuestión diferente es que Ud. puede solicitar la modificación de estas pautas asociado a su situación económica actual y a lo que comenta de la inexistencia o falta de acreditación de estos gastos. La modificación de medidas en cuanto a su coste varía en función de quien lo patrocine. si necesita un presupuesto podemos realizarle uno sin ningún compromiso y con facilidades en cuanto al pago para que le resulte accesible.
Buenos días
Usted puede solicitar una modificación de medidas si las circunstancias tenidas en cuenta a la hora de firmar el convenio han variado. Los costes de este procedimiento serian en mi despacho unos 1200 euros de abogado al os que añadir unos 300 de procurador
Saludos
De cara a una modificación de la pensión alimenticia, deberá instar un procedimiento judicial. En caso de un cambio sustancial de las condiciones, es probable que modifiquen las cantidades. Por cambio sustancial se entiende que por ejemplo usted gane bastante menos de lo que ganaba cuando se firmó el convenio regulador.
Para un presupuesto, ruego se ponga en contacto con nosotros de manera personal y le enviaremos un presupuesto sin ningún compromiso.