Separación tras varios meses y la mujer se va a casar con otro hombre en otra ciudad lo que conlleva su cambio de domicilio a dicha ciudad. Tenemos dos hijos en común, de 2 y 5 años. No hemos estado casados ni hemos sido pareja de hecho.
¿Se puede la madre llevar a los niños? ¿Qué derechos me quedan como padre?
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Estimado Eduardo:
Que hayan estado o no casados o hayan sido pareja de hecho registrada es irrelevante a efectos de los derechos y obligaciones de cara a su paternidad. Todo dependerá de los términos del convenio que tengan homologado en cuanto a la guarda y custodia y demás aspectos. En todo caso, si las circunstancias en que se redactó han cambiado sustancialmente ( y así lo parece) se puede instar una modificación de medidas que recoja la nueva situación.
Contacte con nosotros y estudiaremos su caso. Saludos cordiales.
Solicitar medidas paterno-filiales para que el padre pueda tener derecho respecto a sus hijos, e incluso, la guarda y custodia compartida de sus hijos.
Miguel Angel Rodríguez Tejada
Abogado - Madrid
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Buenos Días Eduardo, le informamos que debe usted siempre teniendo en cuenta el interés de los menores ( PPIO FAVOR MINORIS) instar demanda de relaciones paternofiliales con convenio regulador solicitando medidas tales como guarda y custodia, alimentos, visitas. Para cambiar de domicilio con los menores necesitará autorización judicial si usted no lo permite. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!