Ceder patria potestad

Realizada por G. Márquez. 15 may 2015

Hola. Me gustaría saber si hay posibilidad de ceder la patria potestad al padre si el hijo quiere vivir con él. Tengo un hijo de 16 años que no deja de discutir conmigo diciéndome que quiere irse con su padre. Gracias

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Buenos días

Lo mas recomendable, es que presenten una demanda de modificación de medidas para que su marido tenga la guarda y custodia de su hijo, dado que no quiere vivir con usted.

Quedo a su disposición
Carmen abogada de Málaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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La patria potestad es compartida, ahora bien por lo que dices tú tienes concedida la guarda y custodia y el padre tiene la obligación de pagar la pensión de alimentos y tiene derecho a un régimen de visitas.
Pues bien, si tu hijo quiere vivir con su padre tendrás que instar un procedimiento de modificación de medidas para que le otorguen al padre la guardia y custodia. Teniendo en cuenta la edad del menor lo normal es que no se acuerde régimen de visitas y que el hijo y el progenitor no custodio se comuniquen y se vean libremente.
Por otro lado, si tu hijo no es independiente económicamente serás tu la que tenga que pagar la pensión de alimentos a no ser que solicites la guarda custodia compartida

Asunción Durá Belda Abogado en Novelda

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La Patria Potestad doy por hecho que es compartida entre usted y el padre del menor. Otra cosa es que si el menor tiene deseo de que la Guarda y Custodia la tenga su padre, pues soliciten como dice una compañera una modificación de medidas, por haber cambiado las circunstancias claro.

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Buenos Dias, le informamos que para lo que usted propone, deberá acudir a los Juzgados de familia, si desea que valoremos su caso de modificación de medidas, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenas.
Entiendo que lo que desea es que se cambie el Régimen de Guarda y Custodia y no renunciar a la Patria Potestad (que sería algo así como dejar de ser la madre).
Puede solicitar un procedimiento de Modificación de Medidas, siempre que se pruebe que cambiaron las circunstancias, y el cambio de Custodia es beneficioso para el menor.
El procedimiento se podría llevar a cabo de mutuo acuerdo, si existiese esa posibilidad, lo cual resultaría mucho más rápido y económico para usted.
Quedo a su disposición.
Un saludo.
Eva Mª. Roldán Rodríguez. Abogada Colegiada nº. 898 de I.C.A.B. Jerez de la Frontera

Eva María Roldán Rodríguez Abogado en Jerez de la Frontera

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Buenas tardes,

Entendemos que usted se refiere a la modificación de la guarda y custodia de su hijo menor, y no a la patria potestad. Para esta modificación como mis compañeros indican el procedimiento a seguir es la tramitación (de mutuo acuerdo o contenciosa) de un procedimiento de modificación de medidas.

Nosotros le aconsejamos que antes de iniciar el mencionado procedimiento, recojan ambos progenitores por escrito la modificación que pretenden realizar.


Aldan Abogados Abogado en Barcelona

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Estimada Sra. Marquez,

El procedimiento para este asunto sería una modificación de medidas que se recogieron en su día en el Convenio Regulador.

Si vive en andalucia y lo desea puede ponerse en contacto con nosotros donde le atenderemos muy gustosamente y sin compromiso alguno.

Atentamente,
TANIA AROCHA VEGA.
Abogada y Mediadora.

Arocha Abogados Abogado en Jerez de la Frontera

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Buenos días,
lo que debería hacer es solicitar una modificación de medidas solicitando que sea el padre el que ostente la guarda y custodia del menor en beneficio de todos los miembros de la familia.
Espero haberle sido de ayuda. Para cualquier duda al respecto o la tramitación de su asunto si así lo desea, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
Un saludo

Martínez de La Llana Abogados Abogado en Zaragoza

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La patria potestad no es renunciable salvo que un Juez acuerde privar a uno de los progenitores de ella.

Lo que vd. podría hacer es solicitar un cambio en la guarda y custodia de su hijo, interesando que se le asigne a su padre, haciendo constar la situación de conflicto que mantiene y que es lo mejor para el interés del menor.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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