En agosto se fue el inquilino al que tenia alquilado un piso, me debía varias cuotas de alquiler y recibos, y como no podía pagar me dijo que dejaba el piso y me iría pagando lo que me debe poco a poco. Ahora me da largas cuando lo llamo por teléfono. Que tengo que hacer? Tengo posibilidades de cobrar? Él ahora está trabajando. Me saldrá muy caro el proceso?
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Tendría que mandarle un burofax, reclamándole las cantidades debidas, no le firmaría ningún documento reconociendo la deuda contraída con usted. Bueno, por lo menos tiene trabajo para poder reclamarle. Respecto al precio, tendríamos que saber las rentas y demás variantes.
Si tiene alguna duda o quiere un presupuesto sin compromiso, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho, estaríamos encantados de ayudarle.
Buenos días Oscar.
Usted debería presentar una demanda de reclamación de las cantidades que le adeuda más intereses.
Mi recomendación es que contrate a un abogado.
Si lo desea puede contactar con nosotros y ampliarnos la información, para así poder aconsejarle mejor e incluso llevarle su caso. Saludos.
Reclame extrajudicialmente inicialmente, burofax, como paso previa a la reclamación judicial. Quizás si lo pone en manos de un abogado desde el principio su exinquilino reflexione.
Puede presentar demanda de reclamación de cantidad. Deberemos estudiar el asunto para convenir, en función de las circunstancias, cuál es el mejor procedimiento contra su inquilino.
Le invito a contactar con nosotros para analizar el asunto y concretar un precio. Somos expertos en Derecho inmobiliario y seguro conseguiremos buenos resultados.
Lo ideal es tratar de arreglarlo extrajudicialmente con dicha persona, y si no es posible reclamar en los Juzgados. Póngalo en manos de un abogado que le haga dichas gestiones.
Me temo que va a tener que demandarle, me imagino que no le firmaría un reconocimiento de la deuda contraída, ni documento semejante. Para poder decirle cuanto le podría costar el tramite del procedimiento sería necesario saber algunos detalles como la renta, estipulaciones del contrato, etc.
Para más información, no dude en consultarnos, la primera consulta junto con el presupuesto es gratuita. Estaríamos encantados de poder ayudarle.
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Por supuesto puede interponer una demanda reclamándole la cantidad adeudada. Si la cuantía adeudada no excede de 2000 euros no es obligatoria la intervención de abogado y procurador ni tampoco ha de abonarla tasa judicial, por lo que no tendrá que desembolsar dinero. No obstante, le aconsejo que un abogado le redacte la demanda.
Por otro lado, en cuanto a las posibilidades de cobro si el deudor trabaja y su salario no coincide con el salario mínimo interprofesional podrá mediante la interposición de una demanda de ejecución embargarle la nómina e, independientemente de la cuantía de su salario, también se le podrá embargar los saldos favorables de las cuentas corrientes, vehículos en su propiedad etc, hasta que cubra la totalidad de la deuda.
Esperamos haberle orientado. Estamos a su disposición.