Cobros e indemnizaciones por baja habiendo sido despedido
¡Hola Abogados!
A finales de noviembre me he lastimado la espalda en el trabajo realizando labores que no correspondían a mi puesto de trabajo, por orden directa de mi jefe. Después de acudir en 2 ocasiones a la mutua de mi empresa y no recibir más que un pinchazo con Voltaren y ante las negativas, el 9 de diciembre me han dado la baja por enfermedad común en mi ambulatorio.
El mismo día comuniqué por correo electrónico a la empresa de la baja y el día 15 recibí un burófax anunciando mi despido con fecha del día 11.
A la fecha aún se me adeudan cantidades de mi nómina de noviembre, diciembre y finiquito, el cual se calculó con fecha del 11 y no del 15 que fui notificado.
A esto me surgen varias preguntas:
- ¿Es legal el despido durante el periodo de baja? Su argumento fue que estaba en periodo de prueba, pero yo ya había trabajado más de año y medio en otras 2 empresas del mismo grupo empresarial en el mismo puesto.
- ¿Cómo debo hacer para que se recalifique como accidente de trabajo y no como enfermedad común?
- ¿Es posible reclamar alguna indemnización por parte de la empresa? Nunca nos proveyeron de fajas o otros elementos de protección para realizar estas tareas, que como ya mencioné nada tenían que ver con mi puesto, ni mis labores habituales.
- ¿Quién y cómo pagará por mi IT? Y si es la empresa ¿cuándo tiene la obligación de hacerlo? Porque hay compañeros que hace 4 meses que no cobran.
- ¿Puedo reclamar intereses por las cantidades adeudadas hasta el momento?
Muchas gracias de antemano.