Soy madre de un niño de tres años. No estoy casada y todavía no hemos firmado el convenio. Nuestro hijo está conmigo, su padre viene a verlo un día a la semana y avisándome en ese momento, ¿puedo negarme a estar disponible? Las visitas las está haciendo bajo mi supervisión. Somos de Murcia.
Un saludo y muchas gracias.
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Buenos días, en cuanto al régimen de visitas mientras no exista Convenio Regulador debe estarse a los acuerdos a los que lleguen ambos progenitores. No obstante, le recomiendo que regule cuanto antes esta situación para evitar problemas. Para ello debe presentar una demanda de guarda y custodia. Si el procedimiento fuera de mutuo acuerdo, sería más rápido y sencillo. Si tiene alguna duda puede contactar con este despacho. Somos especialistas en Familia, estamos en Alicante y le ayudaremos. Un saludo.
Le informamos que ante la falta de convenio, las visitas serán acordadas por ambas partes. No obstante le aconsejamos que haga un convenio regulador de relaciones paternofiliales y luego inste demanda ante los Juzgados de Familia solicitando la regulación de dichas medidas, guarda y custodia, alimentos, visitas, uso vivienda.
Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, y nos movemos a nivel nacional, venga a vernos o escríbanos, estaremos encantados de atenderle, ¡y le deseamos que pase unas felices fiestas!
No existiendo convenio regulador el régimen de visitas queda abierto a lo que ustedes pacten. Evidentemente, mientras no exista convenio, usted puede negarse a las visitas aunque no se le recomiendo. Que su hijo se relacione con su hijo es beneficioso tanto para el padre como para su hijo y si no existe justa causa no creo que deba impedirlo. Otra cosa es la incomodidad que le supone que el padre le avise con tan poco tiempo, deben establecer un pacto por el cual él tenga que avisarle con antelación a fin que usted no se encuentre supeditada al deseo de él. En todo caso, le recomiendo que se haga con los servicios de un buen abogado de familia a fin de fijar por escrito el régimen de visitas, no demorando más esta situación.
Mientras no exista una resolución judicial que regule las medidas a establecer respecto al menor (guarda y custodia, visitas, alimentos, etc.), ambos son progenitores del mismo y, por tanto, puede estar igualmente tanto con uno, como con otro.
Si no tienen posibilidad de llegar a un acuerdo que permita presentar un convenio regulador en el Juzgado, sería conveniente que presentase a la mayor brevedad una demanda de medidas paterno-filiales contenciosa, pudiendo igualmente solicitar unas medidas provisionales previas a la demanda.
Buenos días: Si no existe convenio regulador, hay que estar a los acuerdos de las partes. En el supuesto de que no haya acuerdos, lamentablemente la ley no regula esta especie de "periodo de nadie" en el cual no existe convenio ni resolución judicial que regule la situación. Simplemente, hay unas obligaciones de carácter ético, y una necesidad de cumplir con las normas civiles y evitar incumplimientos delictivos, y poco más. En respuesta a su pregunta, puede negarse lógicamente. En todo caso, mi consejo es que si surgen problemas, se asesore por un experto en Derecho de Familia y presente la demanda cuanto antes. Saludos y suerte. J.e. Vázquez. Sevilla.