Hola. Tanto yo como mi mujer tenemos ya una edad avanzada, y queremos poner en orden la herencia para nuestros hijos. Tenemos una hija y un hijo. Pero tenemos el problema con nuestra hija. A ella le dimos una vivienda ya hace muchos años cuando las cosas iban bien, digamos que como si fuera una herencia, pero no consta que lo fuera. Ahora en la actualidad nosotros no nos hablamos con nuestra hija. No nos llevamos bien. Y además nos prohíbe ver a nuestro nieto, y nos ha hecho sufrir.
El caso es que como la herencia va por orden descendente, queremos quitarla de la herencia, pero está el problema de que le pertenece un mínimo, la legítima, y no queremos que la herede. Yo y mi mujer no queremos que le toque nada más, ya le dimos un piso, y nos ha tratado fatal.
¿Qué podemos hacer para quitarla y que no tenga la legítima? Gracias
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Hola David:
1- Hacer testamento y buscar causas de desheredación (lo de su nieto podría ser una de ellas)
1. La legítima dependerá de la región en la que vivan, pero no siempre se reparte entre todos los hijos, puede ir solamente a un hijo.
2- Según la gravedad de su desinterés por uds. podría anularse la donación y revertir el piso a su patrimonio.
Saludos.
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Puede usted desheredarla por el mal comportamiento hacia usted, es posible siempre y cuando se cumplan con las causas previstas a tal efecto por nuestro código civil. En el testamento otorgado se deberá hacer mención expresa a la desheredación y a las causas que la motivan.
Si tiene cualquier otra consulta, en IRM Abogadas estaremos encantadas de atenderle.
Buenos Días David, le informamos que para desheredar a un hijo, deben darse causas graves según el CC. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, ¡venga a vernos!
La desheredación de un hijo (incluida la legítima) es posible en determinados casos de mal comportamiento de éste. También computar en la herencia las donaciones recibidas en vida de los padres.
Pero sin saber más datos, incluido cual de los derechos civiles del Estado les serían de aplicación, poco más le puedo decir.
En todo caso, puesto que el testamento lo otorgarán ante notario, él les orientará.
Existen causadas tasadas en el código civil para la desheredación, pero tiene que ser una causa muy fuerte para que eso se lleve a efecto. Un abandono flagrante y palpable, que le haya lesionado su hija o pegado......
De todas formas, la donación de tu hija, será reintegrable al caudal hereditario, una vez fallecidos ustedes y si se pleitea por ello.
De todas formas sus propiedades, también las pueden vender en vida.
La desheredación es posible siempre y cuando se cumplan con las causas previstas a tal efecto por nuestro código civil. En el testamento otorgado se deberá hacer mención expresa a la desheredación y a las causas que la motivan.
Si tiene cualquier otra consulta, en Aldan Abogados estaremos encantados de atenderle.
Estimado David: El Código Civil estable unas causas tasas para poder desheredar a un hijo. Habría que estuidiar con más detalle su caso para dacirle si se dan las circunstancias o no. Del mismo modo le comento que la donación que le hizo a su hija, si se dan una serie de requisitos se podría devolver al caudal hereditario para que su hijo pudiera tener acceso a él.
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