Como herederas, ¿somos responsables de los impagos?

Realizada por juanai. 7 oct 2013

Mi padre ha fallecido. En su póliza de funeral estaban incluidos el y su hermano, el cual aparece como tomador del seguro. Tras realizar el entierro y el funeral nos han comunicado a mi hermana y a mi, herederas de mi padre, que se debían 3 recibos. Nuestro tío se niega a pagar los recibos y la aseguradora nos amenaza con denunciarnos y pasarnos los gastos del funeral y el entierro.

¿Tenemos que pagar nosotras esos 3 recibos, o, es su hermano (tomador del seguro) el responsable de los pagos?

Gracias

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Si lo sois.pero primero ver testamento

Jesus Alexis Bethencourt Rosillo Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

14 respuestas

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Muchas gracias por sus rápidas contestaciones.

Mi padre no tenía testamento y la verdad, desconozco las condiciones estipuladas en la póliza, pero, ¿sería posible que la funeraria nos denunciara a nosotras?

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Seria necesario analizar la poliza y ver su contenido. Por otra parte no olvide que los herederos asumen los derechos y obligaciones del causante.

Jesus Navarro Rueda Abogado en Jaén

62 respuestas

75 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Ley del Contrato de Seguro art.14: El tomador del seguro está obligado al pago de la prima en las condiciones estipuladas en la póliza.
Art. 1.158 CC.- Puede hacer el pago cualquier persona, tenga o no interés en el cumplimiento de la obligación, ya lo conozca y lo apruebe, ya lo ignore el deudor.El que pagare por cuenta de otro podrá reclamar del deudor lo que hubiese pagado, a no haberlo hecho contra su expresa voluntad. En este caso solo podrá repetir del deudor aquello en que le hubiera sido util el pago.
Evidentemente, si pagan ustedes las primas pendientes, están efectuando un pago útil a favor del tomador del seguro, por lo que podran repetir (reclamarle) esas cantidades en el procedimiento civil correspondiente.

Esdeley Abogado en Madrid

195 respuestas

227 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes.

Para darle una respuesta válida es preciso conocer los términos del contrato y testamento.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

1700 respuestas

1780 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 10750

abogados

preguntas 32600

preguntas

respuestas 62700

respuestas