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Buenas tardes,
Para ello, si es de mutuo acuerdo, deberá firmarse un convenio de modificación de medidas definitivas. Si no hay acuerdo, deberán interponer una demanda contenciosa. Para ambos casos precisarán de los servicios de abogado y procurador y, ante todo, deberán acreditar un CAMBIO SUSTANCIAL en las circunstancias para que dicha demanda prospere. Como siempre, les recomiendo que se hagan con los servicios legales de un BUEN ABOGADO DE FAMILIA.
Quedo a su entera disposición.
Atentamente,
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12 respuestas
Para pasar de una tutela exclusiva de la madre a una tutela compartida hay que interponer DEMANDA DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. Es un procedimiento judicial en el que es obligatoria la intervención de abogado y procurador.
Para que la demanda tenga éxito hay que acreditar que han cambiado las circunstancias que existían cuando se dictó la sentencia o se firmó el convenio regulador atribuyendo la custodia a la madre.
Si desea un asesoramiento más completo, puede contactar con mi despacho.
Saludos cordiales.
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Para modificar el actual sistema de guarda y custodia entiendo, que de mutuo acuerdo, debéis formar un nuevo convenio regulador donde especifiquéis las modificaciones pertinentes y homologarlo judicialmente. Para presentarlo en el Juzgado. necesitáis abogado y procurador. Un saludo.
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Estimada Ariadna, deben acudir a un abogado para presentar ambos una demanda de modificación de medidas, en la misma se determinará que aspecto de su convenio regulador van a modificar, al presentarse de mutuo acuerdo con un sólo abogado y procurador lo pueden hacer. Una vez presentado en el Juzgado que corresponda que será aquel que dictó las medidas paterno-filiales, les llamarán para ratificarlo y habrán modificado la custodia. Pero les insisto, aunque es un procedimiento muy sencillo, deben acudir a un abogado para tramitar dicha modificación.
Un saludo.
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Buenas tardes, lo que deben hacer es una modificación de medidas si las circunstancias tanto personales, como económicas, han cambiado. Estoy a su entera disposición para más dudas. Un cordial saludo.
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Buenos días Ariadna,
Para modificar las medidas definitivas que se acordaron en su día deberían presentar una demanda de modificación de medidas definitivas (a poder ser de mutuo acuerdo por su rapidez y mayor sencillez, y ahorro, porque solo necesitarían un abogado y procurador).
Para ello es necesaria la intervención de abogado y procurador.
Quedo a su disposición.
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Hola buenos días, lo que deben de hacer es acudir a un abogado para la redacción de convenio regulador o para la modificación del ya existente si ya hubiera un convenio aprobado anteriormente. En dicho convenio es donde se hará mención a la tutela sobre el hijo además de otros aspectos, que se redactarían conforme a tus pretensiones. En nuestro bufete podríamos llevarle todo el procedimiento por un precio bastante económico sin importar la ciudad en la que resida, ya que contamos con amplia colaboración a nivel nacional. Si quisiera finalmente llevar a cabo dicha modificación, no dude en ponerse en contacto con nosotros, y le diremos un precio que no rechazará.
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Lo idóneo es que de mutuo acuerdo procedan a tramitar una modificación de medidas. Si lo desea, puede contactar con nosotros para encargarnos la gestión. Es un procedimiento rápido, sencillo y económico. Precisarán abogado y procurador en todo caso, pero estarán exentos de abonar tasa judicial si es de mutuo acuerdo.
Pida presupuesto sin compromiso.
Saludos cordiales.
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Buenos días Ariadna,
Tatnto si ambos progenitores están de acuerdo (cosa que facilitará mucho el trámite) como si es sólo uno de los padres el que quiere modificar la tutela compartida se debe presentar mediante abogado y procurador una demanda de modificación de medidas adoptadas en la separación o en el divorcio.
Dependiendo del caso se debe expresar cuáles son los motivos de dicha decisión.
Cualquier duda nos tienen a su disposición.
Reciba un cordial saludo.
Atentamente.
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Buenos días Ariadna,
Es un tramite sencillo. Habiendo mutuo acuerdo por ambos progenitores habría que modificar el convenio regulador que podría hacerse vía judicial o mediante documento privado, lo que ahorría tiempo y la intervención de procurador.
Quedamos a su entera disposición.
Un saludo,
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Deben presentar un procedimiento sencillo de modificación de medidas, al que se acompañará un Convenio Regulador firmado de mutuo acuerdo por ambos progenitores, en el que se establezcan las medidas que desean los padres respecto a su hijos. Si el Ministerio Fiscal está conforme con las medidas acordadas respecto a los menores, y el Juez así lo valora se emitirá una Sentencia acordando lo estipulado por los padres.
Es un procedimiento en el que se necesita abogado y procurador. Si lo desea puedo tramitarlo a un precio asequible. Para cualquier duda o aclaración puede ponerse en contacto conmigo. Un saludo.
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La modificación del régimen de custodia que vds. tienen establecido se puede solicitar al Juzgado que dictó la Sentencia, bien de mutuo acuerdo entre ambos progenitores, o bien, si no hay acuerdo tendría que realizarlo de forma contenciosa.
De mutuo acuerdo no habría problema en que el Juzgado apruebe la modificación, sin embargo, en caso de ser contencioso tendría que celebrarse un juicio y acreditar que es más beneficioso para el interés del menor/es, y que ambos está en similares condiciones para poder desarrollar esa custodia compartida.
Atte.
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Buenos días,
Necesitará usted un abogado y un procurador, para ambas partes, ya que entiendo que lo van a hacer de MUTUO ACUERDO.
En cuyo caso, si fuese así ("de mutuo acuerdo") tendrán que redactar un CONVENIO REGULADOR donde se recoja el cambio de la guarda y custodia de exclusiva de la madre a COMPARTIDA y las demás cuestiones que se tengan que modificar y firmarlo por ambas partes.
El abogado redactará a su vez una DEMANDA DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS, a la cual acompañará con la documentación pertinente, certificados de nacimientos de los hijos menores de edad, etcétera y además aportará también el CONVENIO REGULADOR ya firmado por ustedes.
Luego el Juzgado les llamará a ustedes para RATIFICARSE en dicho Convenio y finalmente dictará Sentencia, presumiblemente admitiendo, aprobando y homologando el cambio solicitado.
Cualquier otra duda pueden contactar con nuestro despacho, y departamento de Derecho de Familia.
Reciban un cordial saludo,
Francisco Castro
Letrado experto en Derecho de Familia.
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