Tengo problemas con mi pareja, pues ésta quiere que nos vayamos a vivir a casa de su madre. La idea no me gusta pero amenaza con irse conmigo o sin mí. Tenemos un hijo de año y medio y otro que está por nacer, en caso de que ella se vaya le pienso pedir el divorcio pero quiero pelear por la patria potestad de mis hijos. El de año y medio está muy apegado a mí pues desde que nació yo soy el que lo atiende y me acompaña a todos lados y pasa más tiempo conmigo que con la madre.
Sé que eso no es garantía, ¿pero qué puedo hacer?
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La patria potestad se otorga de forma conjunta a ambos padres. En el procedimiento de divorcio puede solicitar que se le atribuya la guarda y custodia de sus hijos de forma exclusiva o bien compartida.
Buenos días Ricardo,
Entiendo que te refieres a luchar por la guarda y custodia de tu hijo, ya que la patria potestad sería compartida.
Tendría que tener más datos para valorar y darle una respuesta más precisa, pudiendo contemplar la posibilidad también de la guarda y custodia compartida.
Consulte con nosotros para tener un estudio más detallado de su consulta, estaremos encantados de solucionarle sus dudas.
Negotia Abogados Valladolid
La patria potestad salvo contadas ocasiones, es compartida. Cuestión distinta es la custodia, eso es, con quién viven los hijos, si es compartida o exclusiva para el padre o la madre. Por la edad de los hijos es difícil que sea concedida en exclusiva al padre, pero deberíamos estudiar su asunto para tener más información al respecto. En cualquier caso, cada vez se conceden más custodias compartidas. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición. V.VIVANCOS-ABOGADOS. BARCELONA.
Buenas tardes. En caso de divorcio, la patria potestad se atribuye a ambos y, de esa forma, usted intentaría luchar la atribución de la guarda y custodia. Si lo desea, puede contar con nuestro asesoramiento. Bufete De Ávila&Sacaluga.
La patria potestad corrresponde a ambaso progenitors salvo que concurra alguna de la causas excepcionales de privación, por tanto, a lo que se está refieiendo usted es a la guardia y custoia. En caso de suptura lo más conveniente es una tramitación de mutuo acuerdo.
Quedamos a su disposición para convertar una cita.
Un saludo
Arboleya Fanjul Abogados
A lo que usted se refiere es a la guardia y custodia de sus hijos porque la patria potestad la ostentan ambos progenitores.
Respecto a la guardia y custodia, mi consejo es que se ponga en contacto con un abogado y, en caso de divorcio, intenten llegar a un acuerdo amistoso, es decir, unas medidas de mutuo acuerdo buscando una guardia y custodia compartida. Lo comento porque con hijos tan pequeños, es complicado que le concedan a usted la custodia, siendo lo más habitual una custodia para la madre y un régimen amplio de visitas para el padre.
Un saludo y quedamos a su disposición para un asesoramiento más personalizado.
Juan Vicente
Buenos Dias
La patria poetstad siempre es compartida por ambos progenitores salvo circunstancias muy excepcionales, usted debe solicitar la guarda y custodia de los menores, asi como que se acuerden medidas relativas a la pension de alimentos y visitas. Le recomiendo que visite a un abogado que le asesore sobre lso tramites a seguir. Tiene mi despacho a su disposición si precisa asesoramiento.
Saludos
Buenos días,
En este caso por lo que entiendo usted lo que quiere es la custodia del menor, ya que la patria potestad la seguirá conservando.
Estos casos son complejos, ya que en la mayoría de los casos la custodia se suele dar a la madre con un régimen de visitas para el padre, pero habría que analizar detenidamente el caso y las circunstancias para hacer un análisis objetivo de la situación. Quedamos a su entera disposición.
Un saludo.