¿Cómo puedo recurrir una multa?

Realizada por Patri. 4 may 2012

Me pusieron una multa que estoy seguro que no era mía, puesto que yo no estaba en el barrio que me indican el día que me la pusieron. La he recurrido y me la han denegado. ¿Qué puedo hacer? Es de una cuantía de 500 euros por algo que no he hecho.


Gracias.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Entiendo q todavía no se ha agotado la vía administrativa, primero tendrá q agotar la misma, luego depende de que lo usted quiera hacer.

Gomez-Centurion & Abogados Abogado en Madrid

2 respuestas

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Patri:

En la notificación que ha recibido notificándole que su recurso ha sido desestimado, se le indica cuál es el siguiente recurso que cabe interponer. Una vez que usted haya agotado la vía administrativa, tendrá que acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Le recomiendo que acuda a un Despacho de Abogados para que le orienten acerca de las posibilidades que tiene de ganar, y saber en que fase del procedimiento sancionador se encuentra.

Reciba un cordial saludo,

Teresa Rodríguez Magdaleno, Abogada Abogado en Avilés

217 respuestas

271 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Frente a la denegación del recurso que interpusiste que probablemente serán unas alegaciones o recurso de reposición cabrá un nuevo recurso o directamente ir a la vía contenciosa-administrativa. En la resolución donde se te deniega tu recurso debe aparecer el plazo para este nuevo recurso formulado por tu parte. Ahora ten cuidado porque habrá un plazo concreto para recurrir.

Abogados Moratalla Salido Abogado en Elda

16 respuestas

8 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Habría que ver el procedimiento aplicable en función del tipo de multa. Es posible que pueda interponer un recurso de alzada (si al resolución no pone fin al procedimiento) o que tenga que interponer un recurso contencioso-administrativo (si la resolución pone fin al procedimiento). En el segundo de los casos, necesitará un abogado aunque es posible que no le resulte rentable. Normalmente, en el reverso de la resolución le indicará si la resolución pone fin o no al procedimiento y qué recursos caben contra la misma.

Un saludo.

S&N assessors Abogado en Vilafranca del Penedès

653 respuestas

784 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes,

Las multas son actos administrativos o resoluciones de gravamen sobre el ciudadano.

Por ello son recurribles ante el órgano que dictó el acto administrativo (multa), a través de alegaciones con pruebas. La Administración contesta y posteriormente es recurrible otra vez ante la mima Administración (a través de recurso de reposición).

La Administración contestará de nuevo al recurso, y si usted no está de acuerdo con la sanción, puede recurrir a través de recurso contencioso-administravo ante los Tribunales, para ello se deben de aportar las pruebas y estar muy seguro de que tiene razón.

Un saludo Ana Lemus
Abogada ICATF

Ana Lemus Abogada Abogado en San Miguel de Abona

1 respuesta

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Si estuviera dentro de plazo puede recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo

ABOGADO ALONSO

Alonso & Pons, Abogados Abogado en Valencia

181 respuestas

170 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

En primer lugar habría que ver el estado en el que se encuentra el procedimiento administrativo, es decir si ya está resuelto o no en vía administrativa. Dependiendo del estado , será procedente presentar Recurso de Reposición ante el órgano adminsitrativo o Recurso Contencioso Administrativo ante los Juzgados de lo COntencioso Administrativo.

Igualmente, sería necesario ver el contenido del expediente, con el fin de comprobar las pruebas en virtud de las cuales le imputan la infracción.

IR Lex Abogados Abogado en Murcia

97 respuestas

97 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimada Patri,

En la propia comunicación que le han enviado le tienen que indicar el recurso al que Vd. tiene derecho.- En todo caso, realizados todos los recurso en la vía administrativa, es decir, ante el propio Tráfico, finalmente siempre puede plantear demanda judicial en la vía Contencioso Administrativa.- Quedamos a su disposición.

Atentamente ELEJABEITIA ABOGADOS

Elejabeitia Abogados Abogado en San Bartolomé de Tirajana

164 respuestas

144 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Tiene que agotar la vía administrativa de recursos. Cada vez que le envían una resolución, le informan del recurso que cabe.

Llegará una resolución que le informará de que contra dicha resolución cabe interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde la recepción. En ese momento, se le da la opción de acudir ya a la vía judicial, que es la presentación de dicho recurso. Valórelo, y si puede obtener abogado de oficio con Justicia Gratuita, es una opción.

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

221 respuestas

178 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 10750

abogados

preguntas 32600

preguntas

respuestas 62700

respuestas