¿Cómo puedo solucionar una separación con dos hijos?

Realizada por Juan. 8 ene 2016 Abogados de familia

Hola, me gustaría saber cómo formalizar la situación con mis hijos y es por eso que os escribo.


Ahora daré paso a explicar mi situación. Estoy "separado" si es que se le puede llamar así debido a que tengo dos hijos con una mujer con la que no me he casado y que ni siquiera constábamos como pareja de hecho al no tener los papeles pero sí tengo reconocidos a los niños como hijos míos.


Y el tema trata de que estamos separados y con una custodia compartida de mutuo acuerdo o al menos era así antes ya que yo ya no pienso que esto sea bueno para los niños y como no tenemos papeles de separación ni de custodias me gustaría formalizar esto y saber con quién se quedarían y de cuánto sería la manutención y de tener que seguir siendo compartida tener unos papeles para poder exigir unos cuidados mínimos de mis hijos.

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En su caso, tendrían que regular su situación mediante un proceso de medidas paterno-filiales.

El trámite puede realizarse de mutuo acuerdo entre ambos, presentando un convenio regulador en el que se concreten los pactos que Vds. han alcanzado respecto a la guarda y custodia de sus hijos, régimen de visitas, pensión de alimentos, etc.

Si no fuera posible llegar a un acuerdo el trámite tendría que ser contencioso y sería el Juez, tras la celebración de un juicio entre Vds. el que establecería esas medidas en relación a los menores.

En ambos casos (de mutuo acuerdo o contencioso), es necesario la intervención de abogado y procurador.

Quedamos a su disposición por si precisa más información sobre trámites a seguir y honorarios, sin ningún compromiso.

Atte.

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Buenas Tardes Juan, le informamos que debe usted instar ante los Juzgados de Familia demanda de relaciones paternofiliales, solicitando la adopción de medidas tales como la guarda y custodia, alimentos, visitas, uso vivienda. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Apreciado Juan:

Con relación a su consulta, lo primero que debemos indicarle es que, aunque la madre de sus hijos y usted no formalizaran su unión en el pasado, la Ley sí los consideró pareja de hecho.

Según la información que nos facilita, Juan, actualmente su expareja y usted están aplicando un régimen de guarda compartida con sus hijos. No obstante, usted considera que este sistema es perjudicial y se plantea cambiarlo.

Por otro lado, su consulta también hace referencia a la pensión de alimentos que tendría que abonarse para cubrir los gastos de sus hijos. A falta de más información, le podemos avanzar que, para la fijación de una pensión de alimentos, se tienen en cuenta los ingresos de los progenitores y los gastos de los menores.

Pues bien, Juan, para poder regular formalmente la relación con sus hijos, usted necesita contar con la asistencia de un abogado especializado en Derecho de familia. En un primer momento, el abogado intentaría regular la situación de mutuo acuerdo, lo que le evitaría un juicio y sería la opción más económica. Si el acuerdo con la otra parte no fuera posible, siempre quedaría abierta la vía judicial.

En el Departamento de Familia de Círculo Legal, estaremos encantados de ayudarle a poner orden a su situación de la manera que mejor convenga a sus intereses y a los de sus hijos. Quedamos a su disposición para más información.

Un saludo,

Círculo Legal.

Circulo Legal Abogado en Barcelona

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Estimado Juan,

Aunque no te hayas inscrito en un registro sois (o habéis sido) pareja de hecho. Esa inscripción no es necesaria.

Para regular vuestra situación hay que acudir a un procedimiento donde se fijan normas que regulan la custodia, las estancias o visitas, las comunicaciones con los hijos, el pago de los gastos de los hijos (alimentos y gastos extraordinarios), reparto de bienes que podáis tener en común, etc,

Como ya te han respondido, el procedimiento puede ser de mutuo acuerdo o contencioso. En un mutuo acuerdo podéis pactar lo que consideréis más adecuado sobre cómo van a regularse las relaciones familiares a partir de la separación. En un contencioso decidirá el Juez (que en un 95% de los casos atribuye la custodia a la madre).

En cuanto a la manutención o pensión de alimentos, su cuantía en un mutuo acuerdo depende de lo que pactéis; y en un contencioso, el Juez fijará la cuantía valorando los gastos de los hijos, los ingresos y gastos del padre y la madre, el nivel de vida que tienen, etc.

Espero haber respondido a lo que preguntabas. Los datos que das son generales y sólo puedo darte una respuesta general.

Saludos.

Bufete Ledesma y Tavero Abogado en Móstoles

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Buenos días: Como ya le han comentado, este tipo de situaciones se solucionan, en primer lugar, intentando un acuerdo con la madre de los menores, y una vez conseguido este, se plasma en un convenio regulador que debe ratificarse después judicialmente. En dicho convenio, se regularán todos los detalles que afecten a los menores, pensiones, visitas, gastos, etc.. En el supuesto de que su ex pareja no quiera llegar a un acuerdo con Vd. a este respecto, debe interponer una demanda contenciosa en solicitud de las medidas que Vd. y su abogado considere convenientes, haciendo constar expresamente cómo se han desarrollado las visitas en los últimos tiempos. Saludos y suerte. J.e. Vázquez. Sevilla.

Bufete Vázquez López & Asociados Abogado en Sevilla

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Buenos días Juan,
Se debe interponer una demanda de guarda y custodia, en la que quedará fijado con quién viven los niños, régimen de visitas y pensión, que depende de los ingresos de uno y otro y las necesidades de los niños, y se aplica un criterio proporcional para fijarlo. En el caso de que sea de común acuerdo, en lugar de que resuelva el Juez, se aporta ya desde un inicio un acuerdo entre ambos, que se llama Convenio. Quedo a tu disposición para más información. Un saludo, Cristina Cáffaro (abogada de Palma de Mallorca)

Cristina Cáffaro Font Abogado en Palma de Mallorca

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puede presentar una demanda de guarda, custodia y alimentos de hijos extramatrimoniales, Si es de mutuo acuerdo debe adjuntarse un convenio regulador que acoja todas las medidas respecto a los mismos (uso de la vivienda familiar, patria potestad, guarda y custodia y en su caso pensión de alimentos), ya que en caso contrario y del resultado de la prueba en el juicio, el juez dictará sentencia adoptando las que considere más beneficiosa para los menores.
Si no es compartida el progenitor no custodio deberá abonar una pensión de alimentos que se fija en función de las necesidades del menor y de la posiblidad económica de quien está obligado a prestarlos.

Asunción Durá Belda Abogado en Novelda

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Tiene Vd. que presentar una demanda de guarda y custodia. Necesita abogado y procurador. Puede tramitarse de mutuo acuerdo, más rápido y sencillo, o de forma contenciosa.
Este despacho es especialista en Familia. Si lo desea podemos tramitar el procedimiento. Quedamos a du disposición para cualquier dudad que tenga sobre este asunto. Un saludo

Anónimo-223370 Abogado en Alicante

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Buenos días

Lo mas aconsejable es que de mutuo acuerdo, regulen la situación de los menores, tales como custodia, alimentos, vivienda etc.

Si lo hacen de mutuo acuerdo es mas rápido y son ustedes los que establecen los términos del acuerdo, por esto deben asesorarse de un abogado de su confianza que con los particularidades de su caso le podrá aconsejar con mayor precisión.

Atte
Carmen abogada de Malaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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Buenos días Juan, lo que deberías hacer es iniciar un los trámites para regularizar la situación. Demandar a tu expareja o, incluso de mutuo acuerdo, solicitando el tipo de custodia que quieres y justificándolo. Lo que va a primar siempre en este tipo de procesos es el bienestar del menor, por lo que el juez decidirá si le conviene estar con la madre, el padre, o con una custodia compartida siemprre que sea posible. Con respecto a la pensión de alimentos, la paga el progenitor no custodio y su cuantía depende de las rentas de éste.
Si te interesa estamos a tu disposición.

Gutiérrez & Riesgo Abogados Abogado en Madrid

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