He comprado un coche a un particular y a los 10 días se ha roto el turbo. La avería me cuesta 1000€, el vehículo se lo he llevado a su taller de confianza (el del vendedor), para que no diga que le he engañado.
Si se niega al pago de la avería, ¿qué debo hacer?
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Buenos días
Entre las obligaciones del vendedor en una operación de compraventa, está el responder de los vicios o defectos ocultos que tuviere la cosa vendida. Usted cree que se lo vendieron averiado.
Establece el art. 1484 del Código Civil que el vendedor estará obligado por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlo conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella;
Sino se lo repara podrá ejercer la correspondiente acción para lo que dispone de un plazo de 6 meses.
Espero que esta información hay sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.
Buenas Tardes Maria Luisa, le informamos que si le han vendido un vehículo con defecto oculto dispone del plazo de 6 meses para denunciarlo. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Puede ejercitar la acción de saneamiento por vicios ocultos contra el vendedor, para lo cual tiene un plazo de seis meses que no se interrumpe por hacer una reclamación extrajudicial.