Citroën, Molins de Rei, provincia de Barcelona, España.
Compré un vehículo Citroën nuevo el año pasado y el concesionario se niega a reparar o cambiar los defectos y anomalías que han aparecido en el vehículo en garantía.
No solo eso, sino que además en dos ocasiones que el vehículo ha estado en el taller sin llegar a solucionar ningún problema se le realizaron alrededor de 300 km con la excusa de revisarlo.
Se puede reclamar esta forma de actuar, ¿cómo? ¿En qué términos? ¿Qué se puede reclamar?
Gracias por vuestro tiempo
Saludos
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Buenas Tardes José Miguel, le informamos que sí ha adquirido un vehículo con vicio oculto y existía en el momento de la compra deberá reclamar por ello. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil y nos movemos a nivel nacional, escribanos, estaremos encantados de atenderle!
la garantía legal de un coche se recoge en la Ley 23/2003 de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, y ésta es de 2 años a partir de la fecha de compra del vehículo. En los términos de esta ley se reconoce al consumidor el derecho a la reparación del bien, a su sustitución, a la rebaja del precio y a la resolución del contrato.
Para poder asesorarle con más detalle, deberíamos conocer la causa de los defectos en el coche y asimismo la respuesta del porqué el concesionario se niega a su reparación.
Para cualquier información o aclaración al respecto no dude en consultarnos.