Buenas tardes,
Estoy interesada en comprar una vivienda pero la entidad bancaria no tiene la posesión, me informa que la posesión la tiene el juzgado y que es fácil y rápido después de escriturar la propiedad.
posteriormente me tendría que ir al registro de escalona que es donde pertenece y registrar la propiedad cuando obtenga la posesión de mi propiedad.
Eso es tan fácil como me lo plantea la agencia del banco?
Por el contrario me ha dicho que yo una vez tenga mis escrituras como la vivienda esta vacía que puedo hacer uso de ella hasta que me concedan la posesión para que no sea ocupada ilegalmente
Cuanto cuesta obtener la posesivos?
la agencia me informa que no tiene cargas la vivienda, puedo tener sustos del juzgado?
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Que "la posesión la tenga el juzgado" puede ser una forma de enmascarar que la vivienda está ocupada y se están realizando los trámites para el desahucio.
Esto, además de que puede resultar tedioso, podría incidir en el estado de la vivienda una vez pueda acceder a ella.
Eso sí, el precio de la vivienda, por encontrarse en esta situación, puede ser muy ventajoso.
Pida que le enseñen la documentación judicial de la vivienda y una nota simple actualizada de la misma (también puede obtenerla directamente en el Registro de la Propiedad).
Estamos a su disposición.
Buenas tardes
Respecto a la pregunta que expone, le informo que por desgracia no es tan facil como lo muestra la entidad en la mayoría de los casos. El hecho que no tenga la posesión, puede significar que puede estar ocupada. El ocupante puede tener un derecho adquirido de uso o bien puede ser su antiguo propietario que está ejerciendo sus derechos en un procedimiento de ejecución hipotecaria. Aunque usted adquiera la propiedad, sin la posesión, usted no puede ni debe usar la vivienda puesto que sólo un juzgado le puede permitir la posesión cuando se haya tramitado el correspondiente procedimiento de desahucio o lanzamiento en caso de ocupación de la vivienda. No debemos de olvidar que mientras la entidad no adquiera la posesión, los inquilinos tienen unos derechos que pueden ser ejercidos en los tribunales.
Espero haber podido aclarar sus dudas. Nuestro despacho está especializado en procedimientos de este tipo, por lo que conocemos a ciencia cierta lo que ocurrre habirtualmente. Para mejor asesoramiento siempre debemos de estudiar el caso concreto y la circunstancias que rodean al mismo, como por ejemplo conocer si existe un procedimiento de ejecución hipotecaria que impide la posesión del inmueblke en cuestión.
Cualquier aclaración o necesidad jurídica, puede ponerse en contacto con nuestro despacho y asesorarle en su decisión final.