Compre un piso y firmé ante notario que estaba libre de cargas y no es así

Realizada por Javier. 28 ago 2015

Compré un piso y en el contrato de arras se expuso que estaba libre de cargas, según el antiguo propietario y la inmobiliaria.


Cuando firmamos ante notario, el antiguo propietario presentó factura de pago de recibos de comunidad que le habían sido reclamados judicialmente y dejo dicho que entregaría en dos días el certificado energético. Pues bien se firma así ante notario y resulta que han pasado mes y medio y no ha entregado el certificado energético y ademas debe 700 € de cuotas de comunidad.


¿A quién debe reclamar? ¿Al antiguo propietario, a la inmobiliaria, al notario, o a todos? La comunidad me reclama a mí la deuda.

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En mi opinión deberá leer bien la escritura. Según dispone la Ley de Propiedad Horizontal en el artº 9.1.f el vendedor debe aportar en el acto de firma de las escrituras el Certificado de estar al corriente de los pagos de comunidad. Si no lo hace el notario no puede autorizar la escritura salvo que el comprador expresamente exonere de esta obligación. Si en la escritura figura que se aporta Certificado de la Comunidad de que no hay deudas lógicamente la comunidad no puede reclamarle nada anterior a este certificado, si por el contrario usted exoneró al vendedor de aportar el certificado deberá pagar ese recibo y luego reclamarle al vendedor, ya que el piso responde de las deudas con la comunidad. En cuanto al Certificado energético su falta no impide escriturar ni el acceso al registro pero el vendedor podría ser sancionado,

Abogado Juan Bautista Abogado en Pamplona/Iruña

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En principio por lo que usted dice la reclamación debería hacerla al anterior propietario, aunque también puede oponerse frente a la comunidad, con base en que usted no era el propietario cuando se generaron las deudas. Un cordial saludo.
Ignacio Tomás.
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Si el vendedor se ha comprometido en el contrato a pagar todas las deudas existentes hasta el momento de la venta, la reclamación la tiene que dirigir al vendedor por incumplimiento, sin perjuicio de la posible falsedad en que haya podido incurrir si ha manifestado que no había deudas con la Comunidad y de la infracción administrativa que haya podido cometer por no tener el certificado energético. No obstante, y antes de dar ningún paso, le recomendamos que busque un abogado y que trate de solucionar extrajudicialmente el conflicto. Si desea ponerse en contacto con nosotros lo puede hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y on line, previo presupuesto siempre.

Blasco Abogados Abogado en Logroño

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