Con una baja laboral de 4 semanas, ¿qué parte del sueldo se paga?

Realizada por paloma. 5 jun 2013

Tengo una empleada que me acaba de decir que está embrazada con peligro de aborto y su Dr. le ha dicho que esté 4 semanas de reposo. Esas 4 semanas, ¿le tengo que pagar el sueldo completo o solo una parte? Y si es así, ¿qué parte del sueldo le corresponde?

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Buenos días Paloma,
Hasta el dia 15 el 60% sin contar los tres primeros días, apartir del 15 dia cobra la trabajadora el 60% que lo paga la seguridad social hasta el dia 21, del 21 al 30 es el 75% seguridad social, pero el convenio puede establecer que la trabajadora tenga derecho al 100%.

Saludos.

Abogaley Servicios Jurídicos Abogado en A Coruña

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Buenos días, el riesgo durante el embarazo es una situación de baja por incapacidad temporal lo que conlleva que los tres primeros días de baja la trabajadora los pierde; a partir del 4º hasta el 15º corresponde abonarlo a la empresa y a partir del día 16 corresponde a la Mutua. La cantidad que debe abonársele es la siguiente: desde el día 1 hasta el día 20, el 60% de las prestaciones; desde el día 21 en adelante, el 75%. Si la empresa no abona la cantidad, lo hará la mutua salvo los días 4 al 15 que corresponden a la empresa. La infracotización da lugar a la responsabilidad directa o solidaria de la empresa con la Mutua. Aconsejo asesoramiento profesional.
Gracias, saludos.

LBO Abogados Abogado en Sevilla

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