Consulta sobre el recurso contencioso administrativo
Realizada por Xavier Palau J.. 21 mar 2012
Fuí suspendido en un test de personalidad de una oposición a técnico especialista en servicios penitenciarios de la Generalidad de Catalunya en junio del 2010 siendo ya funcionario interino y aprobando todas las demás pruebas.
Aprobé el test de personalidad en dos ocasiones, dos oposiciones anteriores y en la bolsa de interinos que hacia solo 11 meses antes de la oposición, dónde lo suspendí.
He presentado un recurso extraordinario de revisión aportando un informe psicológico (particular) donde me hicieron el mismo test de personalidad, con un resultado satisfactorio. Estoy esperando respuesta, también he enviado una queja al Síndic de Greuges, como medida de presión.
Mi pregunta es: ¿Tengo posibilidades de ir al contencioso administrativo y posibilidades de ganar?¿Cuánto me puede costar?.
Muchas gracias.
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Buenas tardes,
Usted puede impugnar esa calificación -como cualquier acto administrativo- pero para poder decirle la viabilidad de un posible recurso tendría que tener más información sobre lo sucedido y leer ese informe aportado. Las "posibilidades de ganar" no se pueden garantizar nunca, lo único que puede asegurarse es si se tiene base para un recurso suficientemente fundamentado. Mi consejo es que se ponga en contacto con un abogado (en esta misma web puede encontrarnos a varios).
En primer lugar, habría que mirar si estaríamos dentro de plazo para interponer el anuncio de recurso contencioso. En segundo lugar y en relación a las probabilidades de éxito, no se puede saber nunca con certeza como irá un proceso judicial (se sabe como se entra pero no como se sale).
Aún así, decir que por desgracia para los particulares, los informes efectuados por funcionarios públicos, gozan de mayor certeza e imparcialidad que los aportados de parte (en este caso el informe psicológico que se pretenden aportar).
Aún así, entiendo que si se considera injusta y existen serios indicios que puedan llevar a considerar la nulidad de la resolución dictada por la administración, hay que plantear recurso. Para finalizar, ojo con el tema de costas en primera instancia en el orden contencioso administrativo que con las nuevas medidas de agilización procesal, nos van a dar más de un susto.
Como mi compañero bien dice, puedes impugnar sin problema alguno y que te aclaren y justifiquen con los medios y criterios que han seguido en que se han basado la puntuación en concreto, es necesario, si crees que existe irregularidades es ncesario que por medio de un abogado realices la tramitación y gestión que sea necesaria, nosotros ya hemos tenido casos así y por desgracia, esto en la sociedad que estamos pasa demasiado a menudo.