Consulta sobre herederos

Realizada por Juan Garcia. 14 mar 2019 Herencias

Buenos días. Mi hermana y yo llevamos años cuidando de una tía, hermana de nuestra madre, que esta enferma. Todos sus hermanos han fallecido y no tiene hijos, por lo que entendemos que somos los sobrinos los herederos. Aparte de nosotros, tiene otros sobrinos, los que están desaparecidos, no han vuelto a aparecer desde hace años y se han desentendido completamente de nuestra tía. Me temo que lo único que querrán, el día que fallezca, sera heredar.
Mi pregunta: ¿Tenemos nosotros obligación de buscarles y contactarlos el día en que eso ocurra? Si tenemos que hacer una declaración de herederos o lo que sea, pero no están presentes ni localizados, heredan igualmente. ¿Cómo va un poco ese tema? Entenderán que lo que espero es que pierdan su derecho a la herencia, aunque sea por no aparecer, ya que no han aparecido durante todos estos años.
¿Me pueden informar al respecto?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.

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Buenas tardes,

Es un verdadero problema.
El Código Civil establece una serie de plazos para dar legalmente por desaparecida a una persona. Se considera ausencia legal cuando la persona desaparece de su domicilio durante un año.

Llegado el momento de repartir la herencia, los herederos restantes deberán denunciar, en caso de que no lo haya hecho ya su familia, que no se localiza a un heredero.

La declaración de "ausencia legal" tendría la consecuencia de que a su coheredero le nombrarían un representante (el pariente mas cercano) para que defendiera sus intereses. Si fuese Ud. ese pariente, dado que podría tener intereses contrapuestos, lo ideal sería pedir un defensor judicial.

Lo único que podría pasar es que apareciese de forma posterior, reclamando su parte, ya que no existe un plazo de aceptación para las herencias.
De todas formas, si pasados 30 años, el heredero en paradero desconocido no ha aceptado la herencia, los herederos de dicho heredero pueden aceptarla por sustitución vulgar.


Saludos

Soluciones por Derecho Abogado en Madrid

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Buenos días Juan,

Lo ideal es que su tía haga testamento a nombre de ustedes dos, y si está impedida para ir al notario, éste puede acudir a su domicilio. De esta manera ustedes se ahorran todos los sin sabores del procedimiento sucesorio , y de localízarles. Ella al no tener hijos, puede dejarle su herencia a quien quiera. En la confianza de que le haya servido de ayuda, reciba un saludo

David López de la Rosa Abogados Abogado en Badajoz

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Si su tía fallece sin haber hecho testamento, heredarán todos los sobrinos que tenga, estén o no presentes y la hayan cuidado o no. La única posibilidad es que su tía haga un testamento designándole a usted y a su hermana como únicos herederos. De fallecer sin testamento, la declaración de herederos que excluya al resto de sobrinos ausentes, la pueden impugnar por ser nula.

Luis Antonio Insua Meiras Abogado en Ferrol

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