El 15/12/14 empecé un contrato de formación. El otro diá firmé la baja voluntaria. Mi contrato se acabará el 31/08/15.
¿Es verdad que como contrato de formación no tengo derecho a finiquito?
Muchas gracias.
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No es verdad.
Tienes derecho a finiquito porque son parte de tus honorarios, y al ser baja voluntaria no tienes derecho a indemnización ni a solicitar la prestación por desempleo. Independientemente del tipo de contrato.
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2 respuestas
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Hola tiene derecho a finiquito, pero habiendo firmado la baja voluntaria, no tiene derecho a paro. Antes de firmar nada, es fundamental estar asesorado previamente. Un saludo
El finiquito lo debe percibir siempre, procediendo al pago de los días que haya trabajado en ese mes, las pagas extraordinarias si están pendientes, las vacaciones que no haya disfrutado… Queda fuera de este tipo de contratación el derecho a indemnización, más si usted ha firmado la baja voluntaria.
Es posible que se deriven algunas consecuencias perjudiciales para usted si ha solicitado la baja voluntaria, pues habría que estar a las condiciones pactadas en su contrato y, en su defecto, al Convenio Colectivo y Estatuto.