¿Cuándo es legal grabar una conversación?

Realizada por Salvador. 5 jun 2012

¿Puedo hacerlo sólo de voz o también imágenes?

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¿Pero en qué artículo se marca o menciona que es un delito o no es un delito? ¿Está fundamentado en algún documento legal, o solo a la conveniencia de las personas?

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Cuando lo autorice un juez o la propia persona grabada.

Julio Regueiro Delgado Abogado en A Coruña

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Buenos días salvador,

En principio, y como regla general, siempre se debe avisar a la persona a quién se graba, ya sea de voz o con imágenes, y se debe obtener su consentimiento para hacer cualquier cosa con ellas, no obstante, si desea una mejor información y asesoramiento consulte con Labe Abogados, estaremos encantados de ayudarle.

Un saludo.

LaBE Abogados Abogado en Madrid

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Cuando lo determine un Juez o con consentimiento de la persona grabada.

Julio Regueiro Delgado Abogado en A Coruña

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Es legal siempre y cuando sea privado, por ejemplo en un banco sin personas ajenas al banco ó simplemente advirtiendo de ello.
Conversaciones en el que la persona que graba no sea partícipe no es válido.
Hay jueces que admiten grabaciones en juicios pero tal y como he dicho.

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La grabación de la conversación o de la reunión es legal siempre que quien la graba sea una de las personas que esté presente.

Cuestión distinta es la difusión de la conversación o de la reunión, pues ello sólo es posible si se incorpora a un proceso legal no para colgarlo en internet o difundirlo por alguna red social ya que se puede cometer un delito contra la intimidad.

Francisco José Pérez Abogado Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos días, para que la grabación sea legal es muy importante que tu seas parte de la grabación y de esa conversación.

Esta prohibido grabar conversación de terceras personas.

Un saludo.

Juristas Asociados Abogado en Sevilla

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Buenas tardes,

Es legal grabar una conversación si ambas partes consienten la grabación de la misma.

Aldan Abogados Abogado en Barcelona

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La grabación es legal hacerla, cuando el otro dá su consentimiento para llevar la acabo. Es deseable además de hacerla con la figura tercero de confianza para evitar que haya dudas acerca de una posible manipulación del contenido

Id D Implantación De Datos Abogado en Madrid

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Una conversación es legal grabarla cuando Tu intervienes en la misma, y por supuesto cuando se lo haces saber a tu interlocutor.
En cuanto a las imágenes, el lugares públicos son todas legales, ahora bien, cuidado con las imágenes de menores y la utilización que de ellas haces. Cuando salen de tu propiedad dejan de ser legales. Es decir haces una foto con el móvil y se la envías a un amigo o la publicas en una página.

Iglesias Rodriguez, Bufete De Abogados Abogado en Madrid

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¿En Colombia hacer un vídeo sin autorización del titular es un delito?

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Yo quisiera saber si está permitido que una empresa te filme y a la vez escuche las conversaciones, porque me parece de mal gusto que escuche lo que uno pueda hablar, ya que he estado en muchas empresas y todas tienen video pero no audio y yo lo tomo como falta ya que con solo ver lo que hacemos es más que suficiente para asegurar el bien de la empresa pero el audio ya quita la privacidad del empleado.

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Es aceptable preparar una conversación por un Fiscal para hacer una conspiración y sin consentimiento del Juez.

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Me han llamado por teléfono con numero oculto y me dicen que me van a denunciar a mí y a la Sociedad y todo el contenido de la conversación ha sido gravado sin ninguna autorización. ¿Se puede hacer eso?

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Buenas tardes,
¿Es legal que un empleado obtenga una grabación que ha realizado una empresa para la que trabaja ese empleado y en la que el mismo interviene en esa grabación? Cuando la persona que llamo al empleado lo hizo, se hizo a un numero directo de la empresa que pertenece a ese empleado y en ningún momento se informo que la llamada se estaba grabando.

Un saludo y muchas gracias.

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Buenas tardes.

Opino igual que mis compañeros.

Si es solamente grabación de voz (sin imágenes) usted es libre de grabar todas aquellas conversaciones en las que usted intervenga o sea parte.

No es preciso que le den permiso para grabar, puede grabar la conversación advirtiéndolo previamente o con la grabadora escondida. Ejemplo: usted (A) y yo por ejemplo (B) estamos conversando entre nostros dos, usted puede grabar nuestra conversación porque usted es parte de nuestra conversación.

Ahora bien, si usted no forma parte de la conversación entonces sería delito grabar la conversación a la cual usted no pertenecía. Por ejemplo: dos personas A y B están conversando, y usted "C" está escondido en alguna parte donde A y B no saben que usted está allí y usted graba la conversación de A y B (esta opción es la que es delito porque usted no es parte entre las personas que conversan).

Saludos.

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Estimado Amigo

Para qué quieres grabar la voz y la imagen, es lo primero que debes preguntarte, porque gravar por gravar es penado por la ley, mi consejo es que busques un abogado de tu confianza y le expongas el motivo de gravar que tienes , estoy segura que mi compañero te asesorará correctamente, suerte amigo,

saludos.

Un saludo

Abogada Quevedo Abogado en Santa Cruz de Tenerife

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Buenas tardes Salvador:

Su consulta es demasiado genérica para poder ofrecerle una respuesta satisfactoria. A grandes rasgos, decirle que:
- las grabaciones de imágenes no pueden llevar sonido
- las conversaciones entre terceros (que usted no intervenga) no pueden ser grabadas sin consentimiento o autorización judicial
Le recomiendo que acuda a un abogado para exponerle su caso concreto, y así poder orientarle.

Reciba un cordial saludo,

Teresa Rodríguez Magdaleno, Abogada Abogado en Avilés

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Hola Salvador,

Según la doctrina del Tribunal Constitucional, es legal grabar cualquier conversación si la persona que la graba participa o intervienen en ella. En ese caso, se considera que esa prueba se ha obtenido legalmente y, por tanto, podría aportarse, incluso, a cualquier pleito.

Por el contrario, si la prueba se ha obtenido ilegalmente (grabando una conversación ajena) es ilegal por vulnerar derechos constitucionales y, por tanto, además de no servir para ser aportada a un procedimiento, podría entenderse que se ha cometido una infracción, lo cual sería un problema para quien aporta o graba esa conversación.

En cuanto a las imágenes, por lo general se podrán grabar imágenes en cualquier sitio público. Lo que no es lícito es grabar el ámbito privado, ya que vulneraría el derecho a la intimidad.

Desde CERDAN ASOCIADOS esperamos que esta respuesta le haya servido y aprovechamos para saludarle.

Marcet & Herrera Abogados Asociados Abogado en Elche/Elx

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Toda grabación es legal desde el momento que ha sido autorizada, ya sea mediante el consentimiento del particular o mediante una autorización judicial en el curso de una investigación.

Anónimo-148315 Abogado en Palma de Mallorca

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Estimado Salvador.

El tema que planteas es muy controvertido, porque estamos hablando del derecho a la intimidad y a la propia imagen.

La regla general es que nadie puede ser grabado sin previo consentimiento.

Con respecto a la imágenes, es reiterada la jurisprudencia, que en las cámaras de seguridad no puede ofrecer sonido.

Como no explicas para que finalidad necesitas grabar, es muy complicado asesorarte, porque siempre existen casos especiales.

Si me ofreces más datos, podríamos darte una respuesta más concreta.

Si necesitas más información, o asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros. Estaremos encantados de atenderte.


Atentamente.


Estefanía

Gil & Asociados - Abogados En Toledo Abogado en Toledo

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