¿Cuándo se puede solicitar una revisión de sentencia?

Realizada por Susana Barbero Taboada. 13 dic 2016 Abogados accidentes

Mi consulta es ¿cuándo se puede solicitar una revisión de sentencia? Tengo entendido q es después de transcurrido un año pero no después de cinco ¿es asi? Porque ya va a hacer los cinco y me gustaría solicitar otras medidas ya que sólo dispongo de un fin de semana al mes de mi hija

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Buenos días

Si lo que quiere es cambiar el régimen de medidas que se acordó en su día, respecto a las visitas con su hija, deberá presentar una demanda de modificación de medidas, incluso si quiere pedir custodia compartida etc. para ello necesita abogado y procurador

Atte
Carmen abogada de Málaga
M-G&D Abogados

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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Buenos días Susana, le informamos que lo que usted pretende es una modificación de medidas a las acordadas por sentencia si existe cambio sustancial que afecte al interés de la menor y son hechos posteriores al dictado de la sentencia o se están dando incumplimientos en el régimen de visitas ( PPIO FAVOR MINORIS). Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenas,

En primer lugar, debe aclararse de que materia estamos hablando. Por lo que entiendo de su consulta va referido a una modificación del régimen de visitas del que usted goza con su hija, y el cual entiendo que estara establecido en un convenio regulador. Por tanto, en este sentido, si usted lo que pretende es modificar dichas medidas para un régimen más o menos amplio para usted, deberá instar la correspondiente demanda de modificación de medidas.

Quedo a su entera disposición para cualquier tipo de gestión que desee realizar.

Saludos,
J. Rafael Martín Hernández
Abogado

J. Rafael Martín Hernández Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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