Cuanto tiempo por ley está operativa una tarjeta de débito después de anularla

Realizada por Julian. 9 feb 2018 Derecho Bancario

Buenos días di de baja una tarjeta de débito del Banco Popular máster card a través de internet en el mes de julio, luego a principios de diciembre fui personalmente a la oficina a dar de baja todos mis contratos con el popular porque me sentía engañado porque me vendieron acciones que perdí, y ahora me reclaman un pago hecho con la tarjeta a finales del mes de diciembre, les digo que yo no lo he echo y me dicen que me reabren la cuenta bancaria cerrada y me la ponen en negativo hasta que pague la deuda, es posible que una tarjeta continúe operativa después de darla de baja hace 6 meses y entiendo que si cuando fui a darme de baja de todos mis contratos con la directora no me pidió la dicha tarjeta es porque era consciente de que estaba anulada no!. Me dicen que era mi obligación la destrucción de la tarjeta y que si la destruí me la abran duplicado antes de hacerlo hace 6 meses, yo creo que es una venganza por retirar todo del banco, ya que antes de irme también me cobraron 56 euros de mantenimiento de la cuenta cuando en 20 años en el banco nunca me la cobraron. Mi pregunta es cuanto tiempo por ley queda activa una tarjeta después de darla de baja porque no entiendo que me digan que se queda siempre activa en peajes si me la han duplicado y no lo puedo entender. Gracias un saludo. Tengo una copia de la baja personalmente de mis contratos a principios de diciembre y el gasto en peaje dicen que fue finales diciembre. La baja por internet de dicha tarjeta fue final de julio. Oficina Banco Popular de Sant just desvern, Barcelona.

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Buenas noches, Julián.

El plazo máximo que tiene la entidad de crédito para rescindir el contrato, a instancia suya, es de 24 horas desde la solicitud de la rescisión. Todo lo que exceda este plazo es ilegal y, a todas luces, susceptible de ser demandado. No obstante, es importante que la solicitud se realice por escrito, mediante el canal que permita dejar constancia de la fecha en que la misma se realizó, y sus términos, a fin de poder reclamar con posterioridad si, llegado el caso, como es este, la entidad no diese de baja el medio de pago.

Por tanto, si la sucursal de su entidad de crédito alega que la tarjeta aún está activa, deberá reclamarles el importe que pretenden cobrarle, más el daño y el perjuicio sufrido por no haber tramitado la baja del medio de pago.

Mombo Abogados Abogado en Sevilla

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