¿Cuánto tiene que pagar de manutención?
Hola, mi ex y yo tenemos custodia compartida quince días cada uno pero mi hija no quiere estar con su padre
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Estimada Mayi,
en el régimen de custodia compartida generalmente no se establece pensión de alimentos a cargo de ningún progenitor ( salvo haya un desequilibrio económico muy evidente entre ambos y se acuerde) de modo que cada uno hará frente a los gastos ordinarios que el menor ocasione cuando se encuentre en su compañía.
Los gasto de colegio, uniforme y material escolar, se suele abrir por los progenitores una cuenta común donde depositen una cuantía determinada por mitad, siempre que las economías sean similares, para hacer frente a dichos gastos fijos ordinarios.
Si la custodia compartida la tiene por medio de Sentencia allí tendrá estipulado el régimen a seguir, el cual pueden cambiar si alguna circunstancia ha sobrevenido y lo consideran necesario.
Para mayor información, no dude en contactarnos.
Reciba un cordial saludo
Habeas Jurídica Abogados, S.C.P
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Pues no le ha de pasar nada por manutención, y el régimen del convenio se ha de cumplir en cuanto a tiempo que está con cada progenitor.
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Buenos días,
Si ustedes tienen custodias compartida regulada por Sentencia, en la misma se determinará la contribución que se debe realizar por los progenitores; normalmente, en caso de custodias compartidas, se suele abrir una cuenta corriente a nombre del menor en donde ingresar una cantidad mensual, que se fija en función de la capacidad económica real de los progenitores, para pagar los gastos extraordinarios o de educación del menor, mientras que los ordinarios los sufreaga cada progenitor en la quincena que el menor esté a su cargo.
Para cualquier cuestión, a su disposición en Vizcaya.
Un saludo.
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Buenos días Mayi,
El importe de la pensión depende de los ingresos de los progenitores y de las necesidades de los hijos.
Es conveniente que se asesore con un Abogado de su confianza.
Si necesita nuestra ayuda puede contactarnos.
Quedo a su disposición,
Marina (Abogada de Madrid).
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