El matrimonio se casa en Dubai, en la embajada española. El bebé nace en Dubai y se inscribe en la embajada española de ese país. Actualmente los padres se divorcian. La madre regresará a vivir a España. El padre seguirá viviendo en Dubai. ¿Puede el padre pedir la custodia del bebé?
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Estimada Sra.
Es un tema de Dcho Internacional Privado. Al ser los padres de nacionalidad española y el bebé igualmente, es de derecho que se lleve el tema por la legislación española, Código Civil español.
Además, hay que tener en cuenta el bienestar del bebé en primera instancia.
No parece necesario aplicar la técnica de reenvio, y tener en cuenta el domicilio de los padres, ya que ambos son españoles.
Lo más importante, es que se ponga en manos de especialistas cuanto antes. Ya que se habrá decretado un convenio regulador con unas medidas provisionales ante la demanda de divorcio.
Un saludo.
Sería necesario determinar la nacionalidad de los padres y del bebé y el tiempo que lleva la familia en Dubai para examinar qué ley sería aplicable a este divorcio y si los tribunales españoles serían competentes. Dando por hecho que se trate de dos ciudadanos españoles, cuyo hijo tenga esa misma nacionalidad, la atribución de la custodia, dada la corta edad del niño, a falta de acuerdo, se determinará por el Juez en función de la prueba practicada, fundamentalmente: quien se ha venido encargando hasta la fecha de cuidar al menor en mayor medida y qué disponibilidad tiene cada progenitor para encargarse en adelante de su cuidado, el entorno familiar , económico y laboral de cada progenitor en su respectivo país . El arraigo del niño en Dubai a priori parece menos importante, dada su corta edad de meses.