Ante todo agradecer la atención que espero que tengan en responder. Estaba trabajando de limpiadora y me dí un golpe en la mano y me despiden alegando que me he ido yo voluntariamente, teniendo una baja y partes del médico, ¡y encima me quitan un día de trabajo!
Entonces voy a asesorarme y me designan un abogado de oficio y hoy tengo la visita con él y mi sorpresa es que me dice que ¡va a cobrarme los honorarios y las minutas si ganamos el juicio!
Pido que alguien me explique como un abogado de oficio cobra si se gana el juicio, ¿y si no se gana?
Muchas gracias por todo
Juani
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Si Vd. tiene reconocido mediante resolución el beneficio al derecho de justicia gratuita, el abogado y procurador de oficio no tienen que cobrarle minuta alguna, independientemente de que el resultado del juicio sea o no favorable.
Puede informarse en el Colegio de Abogados de su localidad.
Usted no tiene que abonar nada a los profesionales si tiene reconocida la justicia gratuita. Si insiste en ello el abogado, póngalo en conocimiento del Colegio de Abogados
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El abogado de Oficio es designado por el Colegio de su circunscripción a su requerimiento, pero no viene asociado a la asistencia jurídica gratuita que debe tramitarse separadamente. En caso de que la tenga reconocida, el abogado y el procurador de oficio cobrarán, gane o pierda, de la Administración pública, en caso de que no tenga reconocido ese derecho, el abogado, gane o pierda, cobra del cliente pues para él trabaja.
Guerramercadal Abogados.
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Buenos días, como ya le ha indicado mi compañero, para ese tipo de pleitos no es preceptiva la intervención de letrado, por lo que no le van a conceder nunca el beneficio de justicia gratuita. Un abogado de oficio se lo asignan a todo el que lo solicite y es independiente de la situación económica. Y ese abogado de oficio le va a cobrar siempre que no tenga concedida justicia gratuita.
Un saludo.
Hola, Juani!
En primer lugar comentarte que tener un abogado del turno de oficio no es lo mismo que tener derecho a la justicia gratuita. Son dos conceptos distintos que a menudo suelen confundirse.
Es por ello que, a pesar de tener un abogado del turno, éste le informa que deberá abonarle sus honorarios. En ese tipo de procedimiento, por despido, no se precisa de abogado, y por ello, al no ser preceptivo, en ningún caso usted tendrá derecho a justicia gratuita. El abogado sólo le habrá informado de en qué consisten sus honorarios, pareciendo, según expone, que sólo le cobrará en caso de ganar el pleito.
Espero haberle servido de ayuda. Saludos.
Si el abogado de oficio le ha sido nombrado porque se le ha reconocido el derecho a la justifica gratuita no tiene que pagar nada. Otra cosa es que no haya pedido o no se le haya reconocido dicho derecho; o que en el procedimiento de que se trate no sea necesaria la intervención de abogado, ya que en estos casos sí le puede cobrar como cualquier otro abogado, ya que no actuaría como abogado de oficio.