El Pasado mes de Junio-2018 contraje matrimonio civil con mi actual esposa, quién era soltera y tiene una hija de 4 años y por la que su ex-pareja, por sentencia judicial le pasa una pensión alimenticia para su hija.
- ¿Puedo hacer la declaración conjunta con mi esposa desde el 01.01.2018 o solamente por la parte proporcional?
-¿La deducción por la niña se aplicaría únicamente sobre la declaración que pudiera hacer individualmente o también la puedo aplicar a la conjunta?
Muchas gracias por su amable atención.
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Le recomendamos realizar su consulta a un abogado experto en derecho tributario de esta plataforma.
A efectos de hacer la declaración de IRPF, la situación de soltería o matrimonio se tiene en cuenta en el momento de devengo del impuesto, en este caso, 31 de diciembre de 2018. Si ya estaba casado, podrá realizar la conjunta (de hecho, no hay forma de hacer una declaración parcialmente soltero y parcialmente casado).
En cuanto a los hijos, es necesario indicar que sólo lo es de uno de los cónyuges y si convive con ambos progenitores (es decir, si el hijo de su mujer tiene custodia compartida) o no a efectos de que los mínimos se apliquen de forma correcta.
Ante la duda, consulte con un abogado, que ante la complejidad de algunas situaciones siempre es una buena idea.