Dejar el alquiler antes de un año

Realizada por Johana. 12 nov 2017 Derecho Inmobiliario

Tengo un contrato de alquiler firmado en el que aparece una cláusula en la que se fija el plazo de duración del contrato en un año. En base a la ley de 1994 si dejo el alquiler antes de ese plazo debo indemnizar al arrendatario con el importe del resto de mensualidades hasta el año. El caso es que llevo 3 meses en la vivienda y las condiciones en las que alquilamos el piso y que nos vendieron no se ajustan a la realidad, la calefacción era por la chimenea la cual revoca humo y es imposible encenderla por lo que pasamos mucho frío, sale agua del grifo con tierra, la fosa séptica huele muchísimo, etc. Me gustaría saber si existe posibilidad de dejar la vivienda antes de ese plazo de un año, si tengo derecho y si tengo que pagar dicha indemnización de 9 meses, que es lo que me queda hasta el año de alquiler. Muchas gracias.

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Habría que revisar el contrato, pero la Ley de Arrendamientos Urbanos, en su redacción actual, fija la indemnización al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir, no por todos los meses restantes. No duden en consultarnos para más información

Anónimo-320387 Abogado en Madrid

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De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos que usted cita, el arrendatario tiene derecho a desistir del arrendamiento una vez transcurridos 6 meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. La indemnización que usted comenta, solo resultaría procedente en el supuesto de que expresamente estuviera pactada en el contrato de arrendamiento para el ejercicio del derecho de desistimiento y, en todo caso, ésta sería proporcional a los meses restantes para finalizar el año de contrato (art. 11).

GIL & ROBLES Abogados Abogado en Esplugues de Llobregat

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