Mi pregunta es la siguiente: si mi ex conyuge me insulta llamando "puta, zorra, hija de pu, ojalá te mueras" tanto de forma verbal como escrita y a través de audios, ¿se considera delito? ¿Qué tipo de gravedad tiene? Gracias
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Buenas Tardes, le informamos que dicha conducta de su ex pareja puede ser constitutiva de delito y por ello debe denunciarlo en el Juzgado o en la Policia aportando las pruebas que tenga e incluso solicitando orden de alejamiento para evitar que contacte con usted por cualquier medio. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Penal y Violencia de Genero, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Estimada María: Se trata, por supuesto, de un delito. Tiene derecho a llevar su caso a los tribunales, solicitando medidas cautelares que impidan a su ex marido tener comunicación con usted. En nuestro despacho somos expertos en materia Penal. Quedamos a su entera disposición para aquello que precise. Un cordial saludo.
Desde luego que se considera delito. Puede ser un delito por menoscabo psíquico con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días.
Le aconsejo que deje constancia a través de escrito o audio de ello e interponga una querella.
En Grupo LaBE Abogados somos especialistas en Derecho penal, por lo que si tiene alguna duda, puede contactar con nosotros.