Hola, ¿qué tal sres.? Aquí dejo mi consulta. Gané un juicio contra una entidad bancaria y, aunque en la sentencia en firme no decía nada de la devolución de ninguna cantidad, estoy planteándome presentar una demanda ejecutiva por unos 20.000 euros que es lo que me adeudan en conceptos de cuotas, seguros y demás.
¿Cuánto me costaría y cuál sería el plazo máximo de ejecución para poder recuperar mi dinero?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Buenas tardes:
En relación a los plazos legalmente establecidos, en el artículo 518 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se dispone que deberá ejecutarse la sentencia en un plazo máximo de 5 años desde la firmeza de la sentencia, por lo tanto dispone del citado plazo para ejecutar.
No obstante si la entidad financiera no ha procedido a cumplir el fallo de la sentencia, le recomiendo que inste inmediatamente la ejecución pues cuanto antes la inicie antes recibirá la cantidad.
Para instar la ejecución, tendría que presentar demanda a través de letrado y procurador.
En relación al coste, únicamente tendría que abonar los honorarios del procurador (unos 300€), puesto que si esta conforme los honorarios del letrado serían abonados por la entidad financiera a través de las costas procesales.
Buenas Tardes Dionisio, le informamos que una vez decretada la firmeza de la sentencia ( no sea recurrirá por el banco) deberá instar demanda de ejecución acreditando el título ejecutivo para reclamar. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Derecho Bancario y Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
En primer lugar para iniciar una demanda ejecutiva, deberá contar con un documento ejecutivo que recoge esa cantidad de dinero. El plazo máximo que marca la ley para una ejecución es de 5 años.
Para interponer la misma necesita que vaya firmada por abogado y procurador.