Demanda por impago de cliente

Realizada por T. Jimenez Martínez. 10 abr 2015

Buenos días a todos. Una empresa me solicitó servicios de catering para un par de eventos. Cumplimos a la perfección y hasta allí mismo nos felicitaron. Sin embargo a la hora de pagar se inventaron que había cosas que no eran como habían pedido y se niegan a pagar. Quiero saber cómo podemos actuar y si podemos demandarles por impago. Gracias

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Buenos días Señor Jiménez,

Entendemos que se firmó un contrato, o en su caso existe alguna foma de probar las obligaciones contraidas por ambas partes, habiendo prestado usted el servicio convenido, el incunmulimiento de la obligación de pago le concede, en principio, el derecho de reclamar al deudor. En cuando al procedimiento, depende de la cantidad adeduada y de la documentación de que usted disponga por lo que le recomendamos que se ponga en contacto con un abogado especializado.

Quedamos a su disposición para concertar una cita

Un saludo

Arboleya Fanjul Abogados

Arboleyafanjul Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días T. Jiménez:
Me imagino, que se firmaría en su día un contrato entre ambas partes, especificando los tanto los servicios como la contraprestación a recibir por los mismos.
Las deudas son exigibles, si cumplen una serie de requisitos, mediante varios procedimientos judiciales, (monitorio, verbal, ordinario). Necesitaría saber más datos para poder asesorarle del procedimiento que más le conviene.
No dude en consultar con nosotros.
Un saludo.

Advocatus Abogado en San Sebastián de los Reyes

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Buenos días,

Lo primero es reclamar fehacientemente la deuda a la empresa (con burofax o correo con acuse) y darles el plazo de 1 mes para que abonen sino pagan, si la deuda es inferior a 2000 euros no necesitas abogado ni procurador y puedes interponer el procedimiento monitorio aportando la factura y el requerimiento de pago.

Si tienes más dudas puedes contactar con nosotros.

Libertas Abogados Abogado en Bilbao

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Buenas tardes,
Por supuesto que si, hay que reclamarlos en la vía civil. Somos expertos en la materia.

De Candia- Del Riego Abogados Asesores Abogado en Marbella

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Buenos días
Por supuesto que tenéis derecho a reclamar lo que se os debe. Os aconsejo una reclamación judicial previa firmada por abogado, suelen ser efectivas y podríais evitar un pleito. Si esto no surte efecto, hay dos formas de reclamar judicialmente el pago de la deuda.

La primera es la más barata y no necesita abogado ni procurador en un principio (os ahorráis costes) y consiste en presentar una demanda de monitorio adjuntando la factura a la demanda de monitorio (os la puede redactar un abogado aunque la firméis vosotros, no os cobrará mucho).

Si la empresa paga, todo acaba ahí, y si no paga, el propio Juzgado fija fecha del juicio. Este juicio será verbal si la reclamación es inferior a 6000 euros o será un juicio ordinario si es superior a 6000 euros (en este caso, no se fija fecha de juicio, si no que vuestro abogado tendrá que presentar demanda en un mes).

La segunda vía es presentar directamente la demanda con abogado y procurador, sin intentar primero la vía del procedimiento monitorio.

En definitiva, si habéis cumplido con vuestra parte del contrato, debéis reclamar y conseguir que se os pague la deuda. No lo dudéis.
Un saludo, Carolina Flórez de Quiñones

Anónimo-235749 Abogado en Alicante

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Por supuesto. Somos expertos en Reclamaciobes de Cantidad. Llamemos y estaremos encantados de asesorarle sin coste ni compromiso.
Un cordial saludo,
Ignacio.

Gordillo-Rubio, Almunia y Cavero Abogados Abogado en Madrid

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Buenos Días, le informamos que si a usted se le adeuda cantidad alguna deberá reclamarla por la vía civil. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados somos expertos en Reclamaciones de Cantidad, venga a vernos, la 1 consulta es gratuita, estaremos encantados de atenderle!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días,

En su caso, efectivamente tienes la posibilidad de interponer demanda reclamando la cuantía impagada.

Tiene mi despacho a su disposición.

Atte,

Nerea Ortega. Aboagada.

Nerea Ortega Abogado en Huelva

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Buenos días, T. Jiménez:

Efectivamente, podéis demandar por impago a la empresa que no pagó los servicios que se le prestaron.

Si estáis interesados en interponer la reclamación judicial correspondiente, no dudes en contactar con nosotros. Estamos encantados de atenderte.

Saludos

EAE Abogados Abogado en Barcelona

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Buenos días T. Jiménez Martínez,

Existen mecanismos legales para ordenar a la empresa que pague por el servicio prestado.

Podemos encargarnos de toda la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.

Visite nuestra web y perfil del facebook para más detalles sobre nosotros.

Un saludo,

Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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