Hola mi caso es el siguiente en 2009 salió la sentencia de medidas y visitas de mis dos hijas con mi ex
En 2013 me quedé parado, yo tengo otras dos niñas con mi actual pareja y no le pude pasar toda la manutención.
En 2014 empecé a trabajar pero con tantos gastos y algún embargo de mi nómina también he faltado a la manutención, ingresando lo que podía todos los meses y algunos nada.
Mi pregunta es ella me ha denunciado ahora por lo penal pidiéndome cárcel, ¿puedo entrar a prisión por eso?
Gracias de antemano
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 2 personas
Para que pueda ser condenado por el delito de impago de pensiones alimenticias se requiere en primer lugar que exista una Sentencia que establezca esa pensión y, que por su parte, pudiendo hacer frente a la misma omita de forma voluntaria y consciente el pago.
Si carecía de recursos económicos debería haber presentado una demanda solicitando la modificación de la cuantía de la pensión de alimentos, ya que si estuvo activo laboralmente y omitió el pago, puede ser condenado por el delito de abanadono de familia.
De ser condenado la pena prevista es de tres meses a un año de prisión, o multa de seis a veinticuatro meses, por lo que salvo que tuviese antecedentes penales computables, no ingresaría en prisión.
En el juicio penal el juez deberá valorar si ud. no ha podido o no ha querido hacer frente a esos gastos de manutención para dictar una sentencia condenatoria o absolutoria. Caso de ser una sentencia condenatoria, el ingreso o no en prisión también lo valora el juez en función de si se paga o no la cuantía debida, si se tienen o no antecedentes penales, etc.
Si sus circunstancias personales y económicas son distintas ahora que cuando se dictó la sentencia de separación o divorcio lo que debe hacer es instar un procedimiento de modificación de mediadas.
Si usted no tiene antecedentes penales no. Le aconsejo que inste un procedimiento de modificación de medidas al objeto de adecuar la pensión de alimentos con su actual capacidad económica.