Derecho a indemnización por amputación de un dedo en un comercio que no trabajo

Realizada por Raquel. 14 sep 2014

Buenas noches:

Sufrí un accidente en la puerta de en comercio que tenía una cortina y al retirarla con la mano para poder salir del establecimiento me pilló el dedo corazón de la mano derecha, amputándome la falange en el momento, y su compañía de seguros dice que no es responsabilidad del comercio, yo soy autónoma y he perdido mucho dinero y ahora me han tenido que volver a operar del dedo porque se me había hecho un tumor, ¿a quién reclamo?

Gracias.

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Debe denunciar los hechos antes de los seis meses desde que sucedió el accidente, o antes de un año si la reclamación se hace por vía civil. Lo aconsejable es que se ponga cuanto antes en manos de un abogado/a para que le asesore debidamente en todo momento. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición. V.VIVANCOS-ABOGADOS. BARCELONA.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Estimada Raquel.

Entiendo que seria atendida por servicios médicos y podría documentar las lesiones así que debería antes de que pasaren 6 meses de la amputación presentar una denuncia contra el comercio y su seguro para reclamar por delito o falta de lesiones y una indemnización por sus lesiones.

En Legalvalencia Advocats i Assessors somos especialistas en este tipo de reclamaciones, no dude en contactarnos y le asesoraremos en la mejor manera de ser indemnizada.

Miguel Angel Barona Sellés - Legalvalencia Abogado en Llíria

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Buenos días

Entendemos que si el accidente se produce al abrir y cerrar una puerta, sin que su actuación haya sido intencionada o negligente a la hora de ocurrir el siniestro, las lesiones que usted padeció deben ser indemnizadas.

Saludos cordiales.

Bufete Lebron & Asociados Abogado en Sanlúcar de Barrameda

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Buenos días

Entendemos que si se debió a la apertura de una puerta, sin que hiciera una conducta negligente que incrementara el riesgo debe de ser indemnizada por las lesiones producidas.

Saludos cordiales

Lebron Abogados

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Buenos días

Si la amputación se debió al normal desarrollo de la actividad comercial, es decir, al abrir una puerta, y su actividad no fue negligente ni incrementó el riesgo, entendemos que dichas lesiones deben de ser indemnizadas.

Saludos cordiales,

Lebron Abogados

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