He alquilado la planta de arriba de un piso y ahora la señora quiere echarme y no tengo contrato pero estoy al día de mis pagos no le debo nada. ¿Puede echarme? Hace ocho meses que estoy en el piso.
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Buenos días,
El contrato de alquiler existe pese a no haber contrato escrito. El modo verbal es perfectamente válido y legal, el único inconveniente es la prueba, para lo cual necesitamos saber más datos como:
1º.- Forma por la que usted pagaba periódicamente y si hay recibo de ello.
2º.- Tiempo exacto desde el inicio del alquiler hasta la actualidad.
3º.- Motivo por el que la arrendadora quiere que se marche.
Puede contactar con nosotros para más información al detalle.
El contrato existe de forma verbal. Si hay recibos del pago de la renta mensual sirven como prueba. Si no quiere aceptar el pago de la renta, consigne el dinero en el juzgado y haga constancia de la situación. Si quiere que se marche usted, que inicie ella el mecanismo del desahucio.
Si tiene acreditado que le está pagando continue en el piso, así deberá ponerle una demanda de desahucio. Cuando lo haga consulte un abogado. Si no admite el pago de las rentas puede consignarlas en el Juzgado.
Buenas tardes, aunque no firmaran contrato por escrito el verbal es igual de válido aunque sea algo más difícil, a priori, de demostrar. (hay muchos indicios que la pueden ayudar a demostrarlo, si usted tiene las llaves del piso, o vecinos que la hayan visto y en su día quieran ir a declarar, con facturas cartas o similares que le lleguen a esa dirección, recibís del pago de alquiler). El contrato tanto verbal como por escrito es válido, y se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos.